Boletines/General Villegas

Decreto Nº939/22

Decreto Nº 939/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 26/05/2022

VISTO:

El oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado de General Villegas, en autos caratulados “Obal Magalí c/ Francucci Christian Germán s/ Incidente de Alimentos” – Expediente Nº 31.212/2020, registrado como Expediente Nº 4694/21 Alcance 2, solicitando se proceda a retener el 76% del S.M.V.M y en los meses de aguinaldo el 90% del S.M.V.M y a partir del mes de enero de 2023, deberá retener el 110% del S.M.V.M y en los meses de aguinaldo al 120% del S.M.V.M de los ingresos que percibe el agente Christian German Francucci D.N.I. Nº 23.355.178; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas de 4, obra informe del Departamento de Personal, donde se consignan los datos del agente y que correspondería retener 76% del S.M.V.M y en los meses de aguinaldo el 90% del S.M.V.M y a partir del mes de enero de 2023, deberá retener el 110% del S.M.V.M y en los meses de aguinaldo el 120% del S.M.V.M de los ingresos que percibe el agente.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 6, solicitando se autorice a retener mensualmente la suma equivalente al 76% del S.M.V.M y en los meses de aguinaldo el 90% del S.M.V.M y a partir de enero de 2023 el 110% del S.M.V.M y en los meses de aguinaldo el 120% del S.M.V.M de los ingresos que percibe el agente, en concepto de cuota alimentaria, debiendo depositarlo en la cuenta judicial N° 6657 – 027 – 0501711/0, CBU Nº 0140355627665750171106, en el Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal General Villegas a nombre de la señora Magalí Obal, conforme lo requerido por el Juzgado interviniente.

Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 8.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos, a retener el 76% del S.M.V.M y en los meses de aguinaldo el 90% del S.M.V.M y a partir del mes de enero de 2023 deberá retener el 110% del S.M.V.M, y en los meses de aguinaldo el 120% del S.M.V.M  de los ingresos que percibe el señor Christian Germán Francucci, Legajo Personal N° 4262, 420 módulos, 30 horas semanales, Jurisdicción 1110103000, Categoría Programática 16.01.00, Planta Permanente, Personal Administrativo, Clase I conforme lo ordenado en oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado General Villegas en autos caratulados “Obal Magalí c/ Francucci Christian German s/ Incidente de Alimentos” – Expediente Nº 31.212/2020, registrado como Expediente Nº 4694/21 Alcance 2.

ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Artículo Primero, en la cuenta judicial N° 6657 – 027 - 501711/0, CBU Nº 0140355627665750171106 del Banco Provincia de Buenos Aires Sucursal Local a nombre de la Señora Obal Magalí.

ARTÍCULO TERCERO: La retención del embargo deberá ingresar a la siguiente cuenta para su posterior transferencia:

74003 – EMBARGOS.

ARTÍCULO CUARTO: Remítase copia al Juzgado interviniente.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.