Boletines/General Villegas
Decreto Nº 926/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 24/05/2022
VISTO:
El Expediente Nº 4804/22, iniciado por el Subsecretario de Gobierno a/c de la Dirección de Asuntos Jurídicos, solicitando se continúe con la eximición durante el ejercicio 2022 en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, al Contribuyente N° 8307 inscripto a nombre de Eugenio Rolando Gauna y;
CONSIDERANDO:
Que la Delegación de Charlone, informaron que el señor Eugenio Rolando Gauna, único titular del inmueble objeto de actuados falleció el día 2 de marzo de 2002, siendo su esposa la señora Carmen Esther Vizcar quien habita la vivienda en condiciones humildes, estando jubilada y padeciendo problemas de salud,
Que a fojas 11 el Departamento de Catastro interviene informando los datos del inmueble individualizado como Circunscripción XI, Sección A, Manzana 53, Parcela 6a, Contribuyente N° 8307, registrado a nombre de Eugenio Rolando Gauna.
Que a fojas 13 la Directora de Rentas toma conocimiento.
Que el Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 684/03 “Reglamento del Título VII - De las Exenciones”, obliga a los beneficiarios o herederos de éstos, a comunicar cualquier cambio (fallecimiento, venta, alquiler, cesión, etc.), caso contrario el Municipio procederá al cobro de la Tasa, desde la fecha en que se generó el hecho.
Que el Artículo 13º de la Reglamentación antes citada, exige a las oficinas que detecten cambios en las circunstancias de los inmuebles beneficiados por la eximición por tramitaciones administrativas, que las informen al Departamento Ejecutivo.
Que resulta procedente el dictado del acto administrativo pertinente, a fin de dar de baja del listado de Eximiciones al Contribuyente mencionado.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Exímase de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, por el ejercicio 2022, al Contribuyente Nº 8307, correspondiente al inmueble ubicado en la Circunscripción XI, Sección A, Manzana 53, Parcela 6a, inscripto a nombre de la beneficiaria Carmen Esther Vizcar en virtud de encuadrar en lo dispuesto en el Artículo 71° inciso “a” y 73° del Título VIII de la Ordenanza Fiscal vigente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Contaduría, Secretaría de Desarrollo Social, Departamento de Catastro, División Comercio e Inspección, Procesamiento de la Recaudación, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.