Boletines/General Villegas

Decreto Nº909/22

Decreto Nº 909/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 23/05/2022

VISTO:

El Expediente Nº 5128/22, iniciado por el Subsecretario de Gobierno a/c de la Dirección de Asuntos Jurídicos, solicitando se deje sin efecto la eximición en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, al Contribuyente N° 5743 inscripto a nombre de Máximo Páez y Edelmira Cusini de Páez; y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble posee eximición desde el año 1988, y que desde la Delegación Municipal de Piedritas comunicaron que al buscar información entre los vecinos desconocen a dichas personas, así como tampoco se puede acreditar la existencia de herederos de los titulares del inmueble objeto de las presentes actuaciones. 

Que a fojas 9 el Departamento de Catastro interviene informando los datos del inmueble individualizado como Circunscripción VIII, Sección C, Manzana 29, Parcela 1, Contribuyente N° 5743, registrado a nombre de Máximo Páez y Edelmira Cusini de Páez.

Que a fojas 10 la Directora de Rentas toma conocimiento.

Que el Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 684/03 “Reglamento del Título VII - De las Exenciones”, obliga a los beneficiarios o herederos de éstos, a comunicar cualquier cambio (fallecimiento, venta, alquiler, cesión, etc.), caso contrario el Municipio procederá al cobro de la Tasa, desde la fecha en que se generó el hecho.

Que el Artículo 13º de la Reglamentación antes citada, exige a las oficinas que detecten cambios en las circunstancias de los inmuebles beneficiados por la eximición por tramitaciones administrativas, que las informen al Departamento Ejecutivo.

Que resulta procedente el dictado del acto administrativo pertinente, a fin de dar de baja del listado de Eximiciones al Contribuyente mencionado.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Dése de Baja del Listado de Eximiciones de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil” a partir del día 31 de diciembre de 2017, al Contribuyente Nº 5743 correspondiente al inmueble ubicado en la Circunscripción VIII, Sección C, Manzana 29, Parcela 1, inscripto a nombre de Máximo Páez y Edelmira Cusini de Páez, en concordancia con lo establecido en el Inciso 9° del Capítulo VII – De las Exenciones - de la Ordenanza Fiscal vigente, como Anexo I del Decreto Nº 684/03 “Reglamento del Título VII - De las Exenciones”.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Contaduría, Secretaría de Desarrollo Social, Departamento de Catastro, División Comercio e Inspección, Procesamiento de la Recaudación, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.