Boletines/General Villegas
Decreto Nº 890/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 17/05/2022
VISTO:
El Expediente Nº 1957/22, iniciado por el señor Ariel Edgardo Poy, solicitando se deje sin efecto la eximición en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, correspondiente al señor Ángel Bartolomé Poy, para pasar a ser un contribuyente común y a fin de continuar con los trámites de sucesión, adjunta estado de deuda del contribuyente y certificado de defunción de su madre la señora Celina Susana Marengo y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 6 el Departamento de Catastro interviene informando los datos del inmueble individualizado como Circunscripción VII, Sección A, Manzana 31, Parcela 8, registrado a nombre de Ángel Bartolomé Poy.
Que a fojas 11 la Directora de Rentas toma conocimiento.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos interviene a fojas 15, informando que a través de la Mesa de Entrada Virtual del Poder Judicial se pudo localizar la sucesión de Ángel Bartolomé Poy, fallecido el día 10 de abril de 1981, titular del inmueble identificado como Contribuyente Municipal N° 5253 y el fallecimiento de su cónyuge la señora Celina Susana Marengo, el día 12 de junio de 2021, por tanto sugiere que se proceda a dejar sin efecto la eximición otorgada oportunamente.
Que el Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 684/03 “Reglamento del Título VII - De las Exenciones”, obliga a los beneficiarios o herederos de éstos, a comunicar cualquier cambio (fallecimiento, venta, alquiler, cesión, etc.), caso contrario el Municipio procederá al cobro de la Tasa, desde la fecha en que se generó el hecho.
Que resulta procedente el dictado del acto administrativo pertinente, a fin de dar de baja del listado de Eximiciones al Contribuyente mencionado.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Dése de Baja del Listado de Eximiciones de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil” a partir del día 12 de junio de 2021, al Contribuyente Nº 5253, correspondiente al inmueble ubicado en la Circunscripción VII, Sección A, Manzana 31, Parcela 8, inscripto a nombre de Ángel Bartolomé Poy debido a su fallecimiento, en concordancia con lo establecido en el Inciso 9° del Capítulo VII – De las Exenciones - de la Ordenanza Fiscal vigente, como Anexo I del Decreto Nº 684/03 “Reglamento del Título VII - De las Exenciones”.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Contaduría, Secretaría de Desarrollo Social, Departamento de Catastro, División Comercio e Inspección, Procesamiento de la Recaudación, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.