Boletines/General Villegas
Decreto Nº 879/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 17/05/2022
VISTO:
El Expediente Nº 4651/22, iniciado por el Subsecretario de Gobierno a/c de la Dirección de Asuntos Jurídicos, solicitando se deje sin efecto la eximición en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, al Contribuyente N° 6867 inscripto a nombre de Epifanía Flores como consecuencia de su fallecimiento y de los cotitulares José Demetrio Flores fallecido el día 10 de octubre de 2007, Juana Zulema Flores fallecida el día 15 de mayo de 2010, Dionisio Osvaldo Flores, Héctor Flores fallecidos y Abel Amado Flores fallecido el día 9 de diciembre de 2017 y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 13 el Departamento de Catastro interviene informando los datos del inmueble individualizado como Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 4, Parcela 5, Contribuyente N° 6867, ubicado en la localidad de Cañada Seca, registrado a nombre de Epifanía, José Demetrio, Dionisio Osvaldo, Juana Zulema, Abel Amado y Héctor Flores.
Que a fojas 15 la Directora de Rentas toma conocimiento.
Que el Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 684/03 “Reglamento del Título VII - De las Exenciones”, obliga a los beneficiarios o herederos de éstos, a comunicar cualquier cambio (fallecimiento, venta, alquiler, cesión, etc.), caso contrario el Municipio procederá al cobro de la Tasa, desde la fecha en que se generó el hecho.
Que el Artículo 13º de la Reglamentación antes citada, exige a las oficinas que detecten cambios en las circunstancias de los inmuebles beneficiados por la eximición por tramitaciones administrativas, que las informen al Departamento Ejecutivo.
Que resulta procedente el dictado del acto administrativo pertinente, a fin de dar de baja del listado de Eximiciones al Contribuyente mencionado.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Dése de Baja del Listado de Eximiciones de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil” a partir del día 9 de diciembre de 2017, al Contribuyente N° 6867, correspondiente al inmueble ubicado en la Circunscripción VIII, Sección C, Manzana 33, Parcela 10B, inscripto a nombre de Epifanía, José Demetrio, Osvaldo Dionisio, Juana Zulema, Abel Amado y Héctor Flores, debido a su respectivos fallecimientos, en concordancia con lo establecido en el Inciso 9° del Capítulo VII – De las Exenciones - de la Ordenanza Fiscal vigente, como Anexo I del Decreto Nº 684/03 “Reglamento del Título VII - De las Exenciones”.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Contaduría, Secretaría de Desarrollo Social, Departamento de Catastro, División Comercio e Inspección, Procesamiento de la Recaudación, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.