Boletines/General Villegas
Decreto Nº 858/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 16/05/2022
VISTO:
El Expediente N° 5032/22, iniciado por la Secretaria de Desarrollo Social, solicitando se otorgue un “subsidio” al Rotary Club de General Villegas, destinado a solventar gastos de alquiler de elementos ortopédicos a personas carentes de recursos, por la suma total de Pesos veinte mil cuatrocientos ($ 20.400), para su evaluación; y
CONSIDERANDO:
Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.
Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 30.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otorgase un “subsidio” al Rotary Club de General Villegas, por la suma de Pesos veinte mil cuatrocientos ($ 20.400), destinado a solventar gastos de alquiler de elementos ortopédicos a las personas carentes de recursos que se detallan a continuación:
Nombre y Apellido |
DNI |
Importe |
Castro, Graciela |
28.300.807 |
$ 4.000 |
Piñeiro Norberto Luis |
7.819.199 |
$ 2.000 |
Corbalán María de los Angeles |
26.888.273 |
$ 2.000 |
Rosales Sergio |
21.018.718 |
$ 2.000 |
Martinez Rosana |
22.930.379 |
$ 2.000 |
Lemos Débora Ester |
24.594.871 |
$ 1.500 |
Pico Maria de los Angeles |
22.961.507 |
$ 3.200 |
Rojas Norma (Aguilera Ramón) |
16.474.949 |
$ 700 |
Miranda Raquel |
13.125.875 |
$3.000 |
ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Secretaría de Acción Social |
Fuente de Financiamiento: |
110 |
Inciso: |
5- Transferencias |
Partida Principal: |
1- Transferencia al Sector Privado para financiar gastos corriente |
Partida Subparcial: |
04- Ayudas Sociales a Personas |
Programa: |
62- Dirección Local |
Actividad Proy.: |
03- Acción Social Directa Local |
Importe: |
$ 20.400.- |
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería y Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y; cúmplase y archívese.