Boletines/General Villegas
Decreto Nº 756/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 02/05/2022
VISTO:
El Expediente Nº 2612/22, mediante el cual se tramitó el Concurso de Precios N°11/22 destinado a la “Adquisición de un tractor cespedero”, aprobada por Decreto N°349/22; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 95 a 98 obra el Acta de Apertura y la Planilla comparativa de ofertas.
Que la Jefa de Compras, interviene a fojas 99 informando que se presentaron tres (3) de los seis (6) proveedores invitados a cotizar.
Que a fojas 100, el Director de Servicios Urbanos informa que realizado el estudio y análisis de la propuesta estima conveniente adjudicar el Concurso al oferente Ferrero Tractores SRL, en la suma de Pesos setecientos noventa y un mil quinientos cuarenta ($791.540,00.-), por resultar conveniente a los intereses municipales. Por otro lado, corresponde rechazar las propuestas de los oferentes Armesto Susana Beatriz y Barale José María por no cumplir con las especificaciones técnicas mínimas solicitadas, debiendo realizarse la devolución de las garantías aportadas.
Que, de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicase el Concurso de Precios N°11/22 destinado a la “Adquisición de un tractor cespedero”, al oferente Ferrero Tractores SRL, en la suma de Pesos setecientos noventa y un mil quinientos cuarenta ($791.540,00.-), por resultar conveniente a los intereses municipales y cumplir con lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones, de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº2612/22 por las razones expuestas precedentemente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Rechácese las propuestas presentadas en el Concurso mencionado en el Artículo Primero, por los Armesto Susana Beatriz y Barale José María por no cumplir con las especificaciones técnicas mínimas solicitadas.
ARTÍCULO TERCERO: Autorícese a las oficinas competentes a arbitrar los medios necesarios a los efectos de devolver a los oferentes Armesto Susana Beatriz y Barale José María, el Pagaré sin Protesto Certificado por $80.000 aportado en concepto de Garantía de Mantenimiento de Oferta.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial, Dirección de Servicios Urbanos, Secretarías de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría y Tesorería; cúmplase y archívese.