Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 631
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 18/08/2022
Visto la nota presentada por la agente Liliana Miriam SCHIERA, legajo Nº 13.433, dependiente de la Dirección General de Educación, informando acerca de su traslado a la ciudad de La Plata, con un acompañante, por encontrarse físicamente imposibilitada de realizar el viaje sin compañía, según lo indicado por su médico a fs. 2, con motivo de presentarse ante el Departamento de Control Médico del Instituto de Previsión Social, el día 26 de agosto del corriente año, y considerando:
Que, de la documentación agregada de fojas 4 a 6, se trasluce que la nombrada en días previos deberá efectuarse un control médico en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teniendo cubierto los gastos de movilidad por parte de la Dirección de Obra Social del Personal Municipal.
Que en esta ocasión solicita se le cubran los gastos de estadía, ya que ambos turnos están programados con dos días de diferencia, permitiendo de esta manera realizar ambos trámite con un único costo de traslado.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta las consideraciones efectuadas a fojas 8 y atento a la imputación de la Subdirección de Presupuesto y la Contaduría General; el SECRETARIO DE GOBIERNO, en uso de las facultades que confiere el Decreto Nº 314/2017;
- RESUELVE -
Artículo 1º - Autorizar a Contaduría General a liquidar a favor de la agente Liliana Miriam SCHIERA, DNI 13.467.396, CUIL 27-13467396-1, legajo Nº 13.433, la suma de pesos veintiocho mil cuatrocientos ($ 28.400.-), para cubrir los gastos de su estadía y de un acompañante, con motivo del viaje que realizará a la ciudad de La Plata, para presentarse ante el Departamento de Control Médico del Instituto de Previsión Social, el día 26 de agosto del corriente año.
ARTICULO 2º - El presente gasto deberá imputarse a la Fuente: 110; Jurisdicción: 1110104000; Cat. Programática: 01.01.00; Gasto: 3.7.2.0 del Presupuesto de Gastos.
ARTICULO 3º - La rendición de cuentas del anticipo deberá cumplirse dentro de los quince (15) días corridos desde el regreso de la comisión. El incumplimiento de la presente disposición determinará la retención de la suma anticipada o no rendida, la que deberá ser comunicada por la Secretaría al Departamento Personal para que detraiga la suma correspondiente del siguiente haber a liquidarse.
ARTICULO 4º- Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento de Administración del Personal, Contaduría General, Tesorería Municipal; dése al R.O. y ARCHIVESE.-