Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 230
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 09/09/2022
Visto la nota elevada por el Director del Instituto Cultural y la Directora de Acción Cultural a fs. 1, por la cual comunican que el señor Sergio Pacheco, músico y gestor cultural local, se encuentra abocado a la organización del "13° Encuentro Nacional de Músicos Independientes" que se llevará a cabo entre los meses de octubre y diciembre del corriente año en el auditorio de la Biblioteca Rivadavia de nuestra ciudad, y
Considerando
Que el desarrollo del mencionado evento forma parte del cronograma cultural de nuestra ciudad, por lo que se encuentra incluido en el marco de la Ordenanza N° 19.038 (sancionada el 29 de junio de 2017) que crea el Fondo Municipal de Financiación de Eventos Artísticos y Culturales de Organización Regular y Continuidad en el tiempo con el Instituto Cultural de Bahía Blanca como autoridad de aplicación, como consta en el artículo 4.
Que este encuentro intenta establecer un punto de partida para reflexionar en torno a la identidad cultural de nuestro país, incluyendo a todos aquellos que propicien el desarrollo del arte popular y por consiguiente la estimulación del pensamiento crítico en un contexto regional, nacional y latinoamericano, como una forma de contribuir a consolidar nuestra cultura popular.
Que los encuentros se vienen realizando desde el año 2002 y han participado en él músicos provenientes de las provincias de Córdoba, Santa Fe, La Rioja, Tucumán, entre otras.
Que, a su vez, cabe destacar que ha contado con el padrinazgo de Marcelo Berbel.
Que resulta importante que los músicos populares tengan un espacio en el cual mostrar lo enriquecedor de las culturas regionales, muchas veces olvidadas en los grandes medios de difusión nacionales.
Que se ha solicitado un subsidio destinado a solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios profesionales, gastos de diseño gráfico y difusión, comidas y pasajes y demás gastos que se pudieran ocasionar. Considerando que ha sido previsto en el Presupuesto de Gastos del corriente ejercicio el otorgamiento de una ayuda destinada a tal fin y atento a la imputación de los Departamentos de Planeamiento Presupuestario y la Contaduría General a fs. 1 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Otórgase un subsidio a nombre de Sergio Héctor PACHECO, C.U.I.L./T: 20-17989022-5; por la suma de pesos ciento ochenta mil ($ 180.000,-) a fin de solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios profesionales, gastos de diseño gráfico y difusión, comidas y pasajes y demás gastos que demanden la organización del “Sexto Festival de la Canción Propia – Canciones del Sur”, que se llevará a cabo durante el mes de octubre del corriente en nuestra ciudad, en un todo de acuerdo al considerando de la presente Resolución.-
SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a abonar a Sergio Héctor PACHECO, C.U.I.L./T: 20-17989022-5; la suma de pesos ciento ochenta mil ($ 180.000,-) atento a lo indicado en el artículo Primero.-
TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 84. 00. 00, Hechos Artísticos Culturales No Eventuales - Gasto. 5.1.4.0.-
CUARTO: Notifíquese a la persona beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de noventa (90) días, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-
QUINTO: Déjese constancia que, de acuerdo al artículo 10 del Decreto 1873/2019 que reglamenta la Ordenanza 19.038, el beneficiario deberá referenciar el aporte y auspicio, haciendo uso de la gráfica oficial del Municipio en sus piezas de comunicación.
SEXTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 4° del presente acto administrativo.-
SÉPTIMO: Cúmplase, notifíquese al beneficiario mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-