Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº220

Resolución Nº 220

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 06/09/2022

Visto la nota elevada por el Director del Instituto Cultural y la Directora de Acción Cultural a fs. 1, por la cual comunican que el señor Julián MARTÍNEZ SANGER, músico y gestor cultural local, se encuentra abocado a la organización del “Festival Internacional Guitarras del Mundo”, que se llevará a cabo durante el mes de octubre del corriente en nuestra ciudad, y

Considerando

Que el desarrollo del mencionado evento forma parte del cronograma cultural de nuestra ciudad, por lo que se encuentra incluido en el marco de la Ordenanza N° 19.038 (sancionada el 29 de junio de 2017) que crea el Fondo Municipal de Financiación de Eventos Artísticos y Culturales de Organización Regular y Continuidad en el tiempo con el Instituto Cultural de Bahía Blanca como autoridad de aplicación, como consta en el artículo 4.

Que esta 28va edición del festival se realiza en más de 70 sedes en todo el país, bajo la dirección artística de Juan Falú, el auspicio del Ministerio de Cultura de la Nación y UPCN (Unión Personal Civil de la Nación), así como otras entidades municipales.

Que en el festival confluyen guitarristas de prestigio mundial, con exponentes nacionales y locales de cada sede.

Que la impronta del festival ha sido siempre la de abrir espacio a genuinas propuestas artísticas, donde el virtuosismo ocupa el lugar de herramienta y no de sustancia.

Que este tipo de encuentros se presentan como un programa cultural basado, antes que en el espectáculo o el entretenimiento, en el fortalecimiento de la memoria colectiva, el pensamiento crítico y la libertad creativa.

Que este festival cuenta como sede a la ciudad de Bahía Blanca desde hace más de 10 años y por sus escenarios han participado artistas de reconocimiento internacional, tales como Jorge Cardoso (Argentina), Polo Martí (Argentina), Bogdan Mihailescu (Rumania), Javier Bravo (Argentina), Shih-yu Liu (Taiwán), Walter Ujaldón (Argentina), Marcela Sfriso (Argentina), Rosalía Mowgli (España-Colombia), Sebastián Sierra (Argentina), Melina Ricke (Argentina), Cristian Genovali (Argentina), entre tantos otros.

Que se ha solicitado un subsidio destinado a solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios artísticos y profesionales, alojamientos y comidas de los artistas participantes y demás gastos que se pudieran ocasionar. Considerando que ha sido previsto en el Presupuesto de Gastos del corriente ejercicio el otorgamiento de una ayuda destinada a tal fin y atento a la imputación de los Departamentos de Planeamiento Presupuestario y la Contaduría General a fs. 1 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades, 

- R E S U E L V E -

PRIMEROOtórgase un subsidio a nombre de Julián MARTINEZ SANGER, C.U.I.L./T20-41686984-8; por la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000,-) a fin de solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios artísticos y profesionales, alojamientos y comidas de los artistas participantes y demás gastos que demanden la organización del “Festival Internacional Guitarras del Mundo”, que se llevará a cabo durante el mes de octubre del corriente en nuestra ciudad, en un todo de acuerdo al considerando de la presente Resolución.-

SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a abonar a Julián MARTINEZ SANGER, C.U.I.L./T20-41686984-8; la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000,-) atento a lo indicado en el artículo Primero.- 

TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 84. 00. 00, Hechos Artísticos Culturales No Eventuales - Gasto. 5.1.4.0.- 

CUARTO: Notifíquese a la persona beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de noventa (90) días, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-

QUINTO: Déjese constancia que, de acuerdo al artículo 10 del Decreto 1873/2019 que reglamenta la Ordenanza 19.038, el beneficiario deberá referenciar el aporte y auspicio, haciendo uso de la gráfica oficial del Municipio en sus piezas de comunicación.

SEXTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 4° del presente acto administrativo.- 

SÉPTIMO: Cúmplase, notifíquese al beneficiario mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-