Boletines/Vicente López

Decreto Nº764/18

Decreto Nº 764/18

Vicente López, 15/02/2018

CORRESPONDE A EXPEDIENTE N° 4119-005969/2017

Visto

las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Pública N° 2 dispuesto por Decreto N° 5109/17 para la "ADQUISICION DE ANTISEPTICOS Y DESINFECTANTES con destino a cubrir las necesidades del año 2018 de los diversos efectores dependientes de la Secretaria de Salud y Desarrollo Humano", y

Considerando

Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 1427.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LÓPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias:

DECRETA

ARTÍCULO 1°: ADJUDICASE a las firmas que a continuación se detallan y por los montos que en cada caso se indican, la "ADQUISICION DE ANTISEPTICOS Y DESINFECTANTES con destino a cubrir las necesidades del año 2018 de los
diversos efectores dependientes de la Secretaria de Salud y Desarrollo • Humano" un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 1427.

CIUDAD HOSPITALARIA S.R.L.         $ 441.533,14
ERNESTO VAN ROSSU Y COMPAÑÍA SRL         $ 76.512,00
DROGUERIA HEMOFARM SRL         $ 56.068,56
DROGUERIA COMARSA S.A.         $ 15.447,60
MACOR INSUMOS HOSPITALARIOS SRL         $ 102.948,00
TRUST MEDICA S.A.         $ 87.718,00
LECTUS SA         $ 69.500,00
D.N.M. FARMA S.A.         $ 960.240,67
         

$ 1.809.967,97

ARTÍCULO 2°: La suma de pesos un millón ochocientos nueve mil novecientos sesenta y siete con noventa y siete centavos ($1.809.967,97) se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos N° 1-2 y N° 1-882 obrantes a fs. 159/163 y 1422 respectivamente.

ARTÍCULO 3°: Las firmas adjudicatarias deberán presentar en la Dirección de Tesorería, en concepto de garantía de adjudicación, el 5% (cinco por ciento) del importe total de la adjudicación, conforme lo establece el artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°: Refrenden el presente Decreto los Sres. Secretarios de Salud y Desarrollo Humano y de Hacienda y Finanzas.

ARTÍCULO 5°: Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduría, Dirección de Tesorería y Dirección de Compras y Licitaciones) y de Salud y Desarrollo Humano.

ARTÍCULO 6°: Dése al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

Fdo: Macri- Tejo- Alvarez