Boletines/Tapalqué
Decreto Nº 0742
Tapalqué, 12/09/2022
Visto y considerando
VISTO: El decreto N° 0735/22 mediante el cual se deja sin efecto la Licitación Pública N° 5 para la “Contratación de empresa constructora con capacidad para la construcción de 80 viviendas en la localidad de Tapalqué y se autoriza a la Oficina de Compras de esta Municipalidad a proceder al segundo llamado, y; CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 26 de Agosto de 2022 se llevó adelante la licitación pública N° 05/2022; 2) Que los únicos oferentes que se presentaron a la misma fueron COOPERATIVA FALUCHO DE VIVIENDAS LTDA e INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES CIVILES I.K.A.U. S.A.; 3) Que ambas empresas tuvieron inconvenientes con la presentación de la documentación solicitada, por lo cual la licitación pública quedo desierta; 4) Que los dos errores que tuvieron las empresas se encuentran dentro de las causales de rechazo inminente; 5) Que la compra de los pliegos de bases y condiciones que dieron origen a la presente licitación, fue de pesos doscientos cincuenta mil ($250.000); 6) Que en el acto licitatorio enunciado precedentemente, las dos empresas realizan el planteo de poder presentarse al segundo llamado licitatorio con el mismo pliego de bases y condiciones que fue comprado por éstas; 7) Que para las empresas dicha inversión de compra del pliego de bases y condiciones representa un alto porcentaje económico; 8) Que la Asesora Legal emitió dictamen sugiriendo que las empresas COOPERATIVA FALUCHO DE VIVIENDAS LTDA e INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES CIVILES I.K.A.U. S.A no compren nuevamente el pliego de bases y condiciones, sino que le sea permitido presentarse a un segundo llamado con el mismo pliego que fuera adquirido para la apertura de la licitación N° 05/2022; 9) Que lo antes dicho tiene basamento legal en que el pliego no puede cambiarse y/o modificarse para un segundo llamado por reglas de competencia, por lo que será válido el mismo pliego de bases y condiciones; 10) Que este mismo pliego de bases y condiciones podrá ser comprado por otros oferentes que deseen presentarse a la licitación de “LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA CONSTRUCTORA CON CAPACIDAD PARA LA CONSTRUCCION DE 80 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE TAPALQUÉ, quedando validas la compra de las empresas antes mencionadas;
Por ello el Intendente Municipal, en uso de sus facultades decreta.
ARTICULO 1º: Autorizase a la Oficina de Compras de la Municipalidad de Tapalqué a entregar el Pliego de Bases y Condiciones sin costo a las empresas COOPERATIVA FALUCHO DE VIVIENDAS LTDA e INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES CIVILES I.K.A.U. S.A de la Licitación Pública N° 5 para la “Contratación de empresa constructora con capacidad para la construcción de 80 viviendas en la localidad de Tapalqué, SEGUNDO LLAMADO”.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda, regístrese y archívese.-