Boletines/Avellaneda
Ordenanza Nº 29709
Avellaneda, 14/08/2022
El expediente D.E. 2-0-98821/2022 - HCD 3-0-50854/2022; y
Que por medio de las presentes actuaciones el Departamento Ejecutivo propicia la sanción de una Ordenanza por medio de la cual se instituya un programa de fortalecimiento de la infraestructura de seguridad en el ámbito del Partido de Avellaneda; . Que la seguridad de los ciudadanos significa garantizar un contexto pacifico para el desenvolvimiento de la vida social en el que se respeten también la integridad física de las personas y los derechos de los individuos y sus bienes;
Que el concepto de seguridad ciudadana, en un sentido amplio, debe ser concebido como una política pública, entendiendo por ésta los lineamientos o cursos de acción que definen las autoridades de los Estados para alcanzar un objetivo determinado, y que contribuyen a crear o a transformar las condiciones en que se desarrollan las actividades de los individuos o grupos que integran la sociedad, resguardando los derechos humanos;
Que la política de seguridad se define comúnmente corno el conjunto de las acciones gubernamentales a prevenir, investigar y castigar los delitos en determinada jurisdicción;
Que cuando el incremento en el nivel agregado de delito y violencia es percibido como una amenaza por parte de la población, esta transforma la seguridad en una demanda y el tema es incorporado a la agenda pública, comienza el debate público o la discusión política en torno a que intervenciones, política,s, cursos de. acción, programas, medidas son conducentes a la "producción" de mayor seguridad para la población. La incorporación de dicha demanda a la agenda pública en orden a dar cuenta del problema genera la "cuestión criminal", es decir, la problematización de un hecho que es percibido como una demanda que debe ser resuelta (Cf. Aguilar Villanueva, 1993);
Que hablar de seguridad ciudadana implica casi de una forma automática hablar de una autoridad que ordene y garantice dicha seguridad. La Seguridad Ciudadana, como la accion integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica 1 la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y fltas. Todo ello corno una condiciqn clave para propiciar el clima de confianza necesario al desenvolvimiento de las actividades sociales y económicas que posibilitan el desarrollo económico y social sostenido;
Que los municipios deben proveer de forma concurrente Con las demás orbitas estatales al aseguramiento de la libertad, la convivencia armónica, seguridad, orden público, moralidad, salud y bienestar general impone limitaciones que sea razonables al ejercicio de derechos individuales los que no pueden alterar o destruir;
Que en dicho marco, resulta necesario delinear cuanta política pública sea necesaria para colaborar con el fortalecimiento del servicio público dé seguridad ciudadana;
Que en ese orden, el Municipio de Avellaneda, a través de su Secretarìa Ciudadana, desarrolló y desarrolla políticas públicas que implican un despliegue de infraestructura técnica y edilicia que posibilita la garantía de diversos derechos de índole cultural, civil, social y económica;
Que entre las medidas enunciadas en el considerando anterior, el Municipio de Avellaneda ha proveído los móviles policiales para patrullar las distintas zonas del Partido de Avellaneda, así como también ha brindado los espacios edilicios para la capacitación de los aspirantes para el ingreso a las fuerzas.
Que la seguridad no debe encontrarse excluida, correspondiendo en cohsecuencia dar por creado un programa que tenga por finalidad sostener y coadyuvar a la Provincia de Buenos Aires y al Estado Nacional con el fortalecimiento de la infraestructura del sistema de seguridad ciudadana, en la órbita del Partido de Avellaneda;
Que la presente se dicta en el marco de las facultades conferidas por el artículo 25 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que ha tomado intervención la Secretaria Legal y Técnica;
Por ello:
El Honorable Concejo Deliberante de Avellaneda, ha sancionado en Sesión Ordinaria, la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1°: CREASE el Programa de Fortalecimiento de la Infraestructura de Seguridad ciudadana del Partido de Avellaneda .
ARTICULO 2°: El programa creado en el artículo precedente tendrá por objeto la asistencia, sostenimiento, colaboración y mantenimiento concurrente del servicio de seguridad ciudadana perteneciente a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, mediante la realización de obras de infraestructura, adquisición de equipamiento para el funcionamiento, realización de programas de capacitación continua, entre otras acciones que el Departamento Ejecutivo determine.
ARTICULO 3°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a la modificación y/ o reimputación de las partidas presupuestarias que estime pertinente para el cumplimiento del programa creado por el artículo lº de la presente.
ARTICULO 4°: Regístrese, etc.