Decreto Nº105/18
Decreto Nº 105/18
Florentino Ameghino, 26/02/2018
DESIGNANDO SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA.-
Visto
El Decreto N°102/18 de fecha 23 de Febrero de 2018 donde se acepta la renuncia del Secretario de Gobierno y Hacienda Doctor Hugo Luis Marty a partir del día 28/02/2018, y
Considerando
La necesidad de designar el reemplazo del Secretario de Gobierno y Hacienda a fin de que lleve a cabo las tareas que corresponden a su área.-
Que el ejercicio de dicho cargo implica una función política dentro del gabinete municipal
Lo dispuesto por el art. 108 inc. 9) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y de acuerdo al Organigrama que forma parte de la norma antes mencionada.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones,
Decreta
ARTICULO 1º Designar a partir del 01 de Marzo de 2018 a Nahuel Mittelbach, DNI: 38.363.322, con domicilio en calle 11 N°735 de esta localidad, legajo 7121
en el cargo político de Secretario de Gobierno y Hacienda de la Municipalidad de Florentino Ameghino.-
ARTICULO 2°.- El Secretario de Gobierno y Hacienda tendrá las siguientes funciones y misiones:
- COMO SECRETARIO DE GOBIERNO, tendrá las siguientes misiones:
Asistir al titular del Departamento Ejecutivo:
- En la coordinación de las Secretarías y Unidades Institucionales del Departamento Ejecutivo Municipal, articulando sus actividades en orden a la ejecución del Plan de Gobierno en tiempo y forma, en acuerdo de Gabinete Municipal.
- En la formulación de políticas públicas y participar en su implementación según los lineamientos dispuestos por el Departamento Ejecutivo Municipal, especialmente en materia de regulación normativa y asistencia legal, relaciones gremiales, ejercicio del poder de policía municipal, seguridad y defensa civil.
- En la Coordinación de las diversas áreas dedicadas a los distintos aspectos de la comunicación institucional de la Municipalidad.
Y las siguientes FUNCIONES, entender:
- En la recolección, análisis y evaluación de estadísticas de políticas públicas:
- En la evaluación y diagnóstico interno de la gestión de gobierno;
- En la coordinación de las reuniones de Gabinete;
- Elevar anualmente la memoria y presupuesto del área, con las especificaciones de cada una de sus necesidades
- Proponer y aprobar reglamentos orgánicos y manuales operativos de sus unidades en caso de crearse Subsecretarías y Direcciones
- Emitir resoluciones de acuerdo a las facultades otorgadas por la normativa vigente y las incumbencias propias de la Secretaría;
- Asegurar la elevación al titular del D.E., de toda información y documentación relevante para la formación de criterio y toma de decisiones;
- Coordinar con otras Secretarías acciones conjuntas, conducentes a la consecución de objetivos comunes;
- Controlar la gestión administrativa y los resultados de las dependencias a su cargo;
- Delegar atribuciones de decisión en los funcionarios de sus dependencias, en asuntos de materia reglada o de rutina;
- Ejercer la jefatura del personal de sus dependencias, promover su capacitación y demás acciones necesarias tendientes a optimizar los recursos a cargo; proponer ascensos, nombramientos, remociones, traslados, comisiones y licencias especiales; aplicar o gestionar las sanciones que estime corresponder;
- Entender en impartir directivas y adopción de decisiones en materia de programación y realización de las actividades específicas de la Secretaría, encuadrado en las políticas y planes aprobados y coordinando su acción con las demás Secretarías y autoridades de organismos nacionales y provinciales e internacionales de acción local;
- Asesorar al Departamento Ejecutivo en temas específicos del área;
- Gestionar y proponer al titular del D.E. la celebración de Convenios con distintas Organizaciones para la ejecución de la política municipal, en el ámbito de su competencia;
- Proveer las necesidades de personal, fondos y bienes para sus dependencias, con ajuste a las previsiones presupuestarias vigentes;
- Intervenir en la formación y desempeño de grupos de trabajo interdisciplinarios destinados al estudio y elaboración de los proyectos de gestión;
- Determinar las políticas en materia de regulación normativa en el ámbito municipal.
- Garantizar globalmente el control de la legalidad y legitimidad de los actos administrativos e instituciones del Estado Municipal.
- Articular las relaciones institucionales con los partidos políticos y asociaciones gremiales.
- Coordinar las relaciones institucionales con el HCD
- Intervenir junto a las Secretarías y Entes competentes, en la elaboración de la legislación, cuando sea necesaria la coordinación con organismos federales y provinciales.
- Actuar como nexo con el gobierno provincial.
- Intervenir en las relaciones con todos los organismos de control.
- Entender en los procedimientos que faciliten el libre acceso a la información pública.
- Coordinar la participación de las distintas Secretarías y Entes en la actividad de las
- Representar de la Municipalidad de Florentino Ameghino en las Provincias y Regiones en que se establecieren, entendiendo en la difusión y promoción de los aspectos económicos, culturales, históricos, científicos, turísticos y todo otro de interés para el Municipio.
- Dirigir y supervisar la elaboración de proyectos de Ordenanzas, Resoluciones, Disposiciones, Notas, y toda otra documentación administrativa a ser suscripta por las
- autoridades competentes, prestando su asesoramiento en cuanto a la normativa vigente.
- Mantenerse permanentemente actualizado en cuanto al marco normativo vigente en materia de su competencia, de manera de asegurar el eficiente cumplimiento de su misión y funciones, prestando asesoramiento a quienes lo requieran.
- Defender intereses y derechos Municipales y asesorar legalmente a la autoridad superior del Municipio.
- Garantizar el ejercicio del poder de Policía respecto de todos los asuntos sobre los cuales tiene injerencia el Municipio.
- Controlar el cumplimiento de las normas que regulan, la seguridad y el tránsito vehicular.
- Colaborar en la aplicación de políticas y acciones que brinden mayor seguridad a los vecinos, previendo además la atención de la seguridad de las diferentes dependencias municipales, promoviendo el fortalecimiento de la defensa Civil en el nivel municipal y la participación de la Comunidad.
- Articular el diálogo entre organizaciones gremiales y las áreas dependientes del Departamento Ejecutivo Municipal.
- Diseñar, implementar y apoyar procesos, prácticas y herramientas que favorezcan la comunicación inter-áreas para asegurar la congruencia operativa en el desarrollo del Plan de Gestión, y entre los distintos niveles jerárquicos a fin de facilitar la toma de decisiones en forma eficiente.
- Velar por el cumplimiento de las leyes, ordenanzas y resoluciones conforme a su competencia.
- Asesorar al Departamento Ejecutivo en temas específicos del Área.
- Gestionar y proponer al Sr. Intendente la celebración de convenios con las distintas Organizaciones para la ejecución de la Política Municipal en el ámbito de su competencia.
- Emitir resoluciones de acuerdo a las facultades otorgadas por la normativa vigente y refrendar decretos.
- Impulsar la formación permanente del personal Municipal.
- Propiciar la capacitación sobre temas de su incumbencia a otras áreas del Municipio.
- Resolver en segunda instancia los recursos contra decisiones de autoridades de sus unidades orgánicas.
- Elaborar proyectos de ordenanzas y decretos sobre asuntos específicos de la Secretaría.
- Asistir a las reuniones de Gabinete y a las que demande el equipo de la Secretaría con los Directores
- Disponer la ejecución de todo otro acto o gestión inherente al cumplimiento de la misión a su cargo.
- COMO SECRETARIO DE HACIENDA, tendrá las siguientes misiones:
- Administrar en forma integral, integrada y estratégica los recursos físicos y financieros que componen la hacienda del Estado Municipal de conformidad a la normativa que resulte de aplicación obligatoria en la materia.
Y las siguientes funciones:
- Asistir técnicamente al Ejecutivo Municipal en materia financiera, económica, contable y presupuestaria.
- Diseñar la política fiscal y financiera del Municipio.
- Controlar la efectiva aplicación de la Ley Orgánica de los Municipios, del Reglamento de Contabilidad, de las Ordenanzas Fiscales e Impositivas, del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, y de toda la normativa aplicable a la Administración Municipal.
- Intervenir en todos los procesos que comprometan la composición financiera y patrimonial del Municipio, garantizando la aplicación de los principios de regularidad financiera, legalidad, equidad, eficiencia y eficacia.
- Diseñar la estrategia de recaudación para el corto, mediano y largo plazo, evaluando los resultados alcanzados por dicha programación sobre la base de los objetivos de políticas tributarias oportunamente definidos por el Órgano Rector.
- Determinar las obligaciones tributarias de los contribuyentes del Municipio con arreglo a la normativa vigente en la materia.
- Disponer el procedimiento de compensación de deudas previsto por la Ley Orgánica Municipal.
- Emitir opinión sobre toda actuación económica financiera del Municipio, que se someta a su consideración.
- Elaborar proyectos de Ordenanzas Fiscal e Impositiva, de Cálculo de Recursos, de Presupuesto de Gastos y sus modificaciones.
- Evaluar el estado de ejecución de las partidas presupuestarias relativas a la determinación de las fuentes y aplicaciones financieras.
- Supervisar el cálculo del devengado de cada una de las obligaciones fiscales, según los períodos establecidos, que permita la impresión de los comprobantes, de modo tal que los contribuyentes los reciban en tiempo y forma como para poder realizar los pagos.
- Desarrollar líneas de acción para el establecimiento de regímenes especiales de pago tendientes al recupero de deudas de los contribuyentes.
- Desarrollar y ejecutar propuestas de fiscalización del cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Entender en la promoción de acciones judiciales tendientes al cobro de la deuda morosa y de las medidas legales a fin de interrumpir los plazos de prescripción de las acreencias municipales.
- Suscribir los certificados de deuda de los contribuyentes morosos, en cumplimiento de lo que disponen los artículos 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 35 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
- Elaborar la memoria anual de la Secretaría, para la inclusión en la memoria anual de la Intendencia.
- Desarrollar sistemas de información oportuna, confiable sobre el ciclo financiero del estado municipal destinados a los niveles superior y jerárquico de la Administración Municipal.
- Representar al Municipio en su relación con otras jurisdicciones municipales y provinciales, como así también ante organismos de crédito y financieros.
- Dirigir y coordinar las actividades relativas a las compras y contrataciones, garantizando la adecuada provisión a todas las áreas, con arreglo a la normativa que resulte de aplicación obligatoria en la materia.
- Ejercer la jefatura del personal de sus dependencias, promover su capacitación y demás acciones necesarias tendientes a optimizar los recursos a su cargo.
- Asesorar al Departamento Ejecutivo en temas específicos del área.
- Coordinación del funcionamiento de las Subsecretarías y direcciones existentes o que se creen,
- Diseño e instrumentación de las políticas financiera, tributaria, presupuestaria y de recursos humanos.
- Coordinación de las acciones para el planeamiento y gestión de la inversión pública
- Formulación y evaluación de las iniciativas de inversión en el marco de las metodologías y procedimientos establecidos.
- Planificación y administración de lo relativo a la deuda del Municipio.
- Desarrollo y control de mecanismos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes
- Planificación, ejecución y control de la política de compras y contrataciones,
- Administración y coordinación de la política de recursos humanos.
- Diseño y aplicación de sistemas estadísticos y censales para una mejor gestión municipal
- Desarrollo de políticas de modernización y mejora de la eficiencia de la administración pública municipal.
- Administrar los fondos municipales, de acuerdo al marco normativo vigente y a criterios de racionalidad y eficiencia en la gestión.
- Coordinar y supervisar la adquisición de bienes y contrataciones de servicios, por administración o a través de terceros, a fin de optimizar los requerimientos técnicos y operativos de la materia.
- Asegurar y monitorear el registro contable de los hechos económicos y patrimoniales de la gestión municipal.
- Diseñar y desarrollar los procesos de presupuestación y de rendición de cuentas anuales.
- Controlar y eficientizar la ejecución presupuestaria en general y en particular de las áreas de gestión municipal
- Promover el diseño, desarrollo e implementación de sistemas de informatización Y soporte técnico de las áreas y la transferencia de competencias a los usuarios de las tecnologías relacionadas.
- Planificar, instrumentar y coordinar políticas, programas, proyectos y actividades necesarios para la atracción de inversiones productivas en el Municipio.
ARTICULO 3°: Debido a la importancia de sus misiones y funciones, se le asigna al Secretario de Gobierno y Hacienda un Adicional por Funcion del 50%.-
ARTICULO 4º.- Comunicar, elevar copia al Honorable Concejo Deliberante, pasar a Secretaría de Recursos Humanos, Contaduría, Dar al R. Municipal y Archivar.-