Boletines/General Villegas
Decreto Nº 648/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 18/04/2022
VISTO:
El Expediente Nº 3900/22, iniciado por el Presidente de la Cooperativa de Provisión de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Banderaló Limitada, solicitando un subsidio para solventar gastos del servicio de ambulancia; y
CONSIDERANDO:
Que esta Administración estima conveniente brindar el apoyo requerido.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto a fojas 3.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase un subsidio de Pesos ochocientos cincuenta mil ($ 850.000) pagadero en seis (6) cuotas, al CONSEJO ADMINISTRATIVO DE LA Cooperativa de Provisión de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Banderaló Limitada, destinado a solventar gastos del servicio de ambulancia, correspondiente al año 2022.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por Tesorería, previa intervención de Contaduría, líbrense los cheques conforme se indica en el Artículo Primero.
ARTÍCULO TERCERO: La entidad beneficiada deberá rendir cuenta documentada de la inversión que realice, conforme lo establecen las normas vigentes. La falta de cumplimiento constituye causa para privar a la misma del derecho a percibir nuevos beneficios, quedando expedita la vía para demandar el cumplimiento de tal formalidad, o en su defecto, el reintegro de la suma otorgada (Artículo Nº 131 y concordantes del Reglamento de Contabilidad).
ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, deberá ser imputado a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
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Jurisdicción: |
Departamento Ejecutivo |
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Subjurisdicción: |
Conducción Superior |
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Programas o Actividades Centrales: |
79 - Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado |
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Unidad Ejecutora: |
Intendente Municipal |
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Fuente de Financiamiento: |
110 |
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Clase: |
5.1.7.0. |
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Descripción de Clase: |
Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro |
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Importe: |
$ 850.000 |
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Contaduría y Tesorería; cúmplase y archívese.