Boletines/Bragado
Ordenanza Nº 5497
Bragado, 05/08/2022
VISTO: El Convenio Específico celebrado entre la Universidad Nacional de San Antonio de Areco, representada por su Rector, el Dr. JERONIMO ENRIQUE AINCHIL, con domicilio legal en calle Zapiola Nº 362 de la ciudad de San Antonio de Areco, Provincia de Buenos Aires; y la Municipalidad de Bragado, representada por el Sr. Intendente Municipal, Dn. HECTOR VICENTE GATICA; y CONSIDERANDO: Que, la celebración del presente Convenio Específico se enmarca en los términos del Convenio Marco celebrado entre las partes el día 29 de Noviembre de 2018; Que, el presente Convenio tiene por finalidad el dictado de la Carrera de Tecnicatura Universitaria en Gerontología por parte de la Universidad Nacional de San Antonio de Areco; Que, la Municipalidad de Bragado ha determinado ser el organismo oferente de carreras superiores y universitarias a través del Centro Regional Universitario de Bragado; Que, el Municipio promueve la formación continua y el acceso a la educación superior a la comunidad bragadense; Que, la mencionada Carrera será dictada en el Centro Regional Universitario durante el ciclo lectivo 2022; Que, la Municipalidad de Bragado aportará los recursos económicos necesarios para el dictado de tal carrera, conforme lo presupuestado en el Anexo II del Convenio Específico; Que, el Convenio Específico entra en pleno vigor desde su suscripción y mantendrá su vigencia hasta seis (6) meses posteriores a la finalización del dictado de la Carrera; POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA Nº 5497/22
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- CONVALIDAR el Convenio Específico y sus Anexos, suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO DE ARECO (UNSAdA) y la MUNICIPALIDAD DE BRAGADO, con fecha 14 de Julio de 2022, y que tiene por objeto la implementación conjunta de la TECNICATURA UNIVERSITARIA EN GERONTOLOGIA a dictarse durante el ciclo lectivo 2022.- ARTICULO 2º.- CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.-