Boletines/Bragado
Ordenanza Nº 5489
Bragado, 05/08/2022
VISTO: La renovación del Contrato de Permiso de Uso celebrado entre la Municipalidad de Bragado, representada por el Sr. Intendente Municipal, Dn. HECTOR VICENTE GATICA, y la Sra. EULALIA MENENDEZ DE NIELL, D.N.I. Nº 16.530.981, con domicilio en calle Pte. Perón s/n de la localidad de Comodoro Py del Partido de Bragado; y CONSIDERANDO: Que, la presente concesión de uso se enmarca en lo establecido en el artículo 28 del Decreto-Ley Nº 9533/80, norma que regula el procedimiento que debe cumplirse para el otorgamiento de la tenencia de bienes del dominio privado del Estado; Que, mediante el Contrato de Permiso de uso la Municipalidad de Bragado cede la tenencia precaria de una franja de cuatro metros sobre el largo del terreno, ubicado en la localidad de Comodoro Py del Partido de Bragado, identificado catastralmente como Circunscripción VI, Sección A, Manzana 11, Parcela 2, Partida inmobiliaria Nº 6295 del Partido de Bragado; Que, la Sra. Menéndez de Niell utilizará únicamente dicho lote como salida de su propiedad hacia la calle José Salvatierra, no pudiendo cambiarle el destino; Que, el Contrato tiene un plazo de validez de dos (2) años, venciendo en consecuencia el día 29 de Mayo de 2024, pudiendo ser prorrogado por igual período; Que, la Municipalidad podrá rescindir dicho convenio ante el incumplimiento de la otra parte; Que, la Sra. Menéndez de Niell abonará un canon anual de acuerdo con la valuación fiscal de la fracción de terreno vigente en cada uno de los años de concesión, correspondiendo la suma de Pesos Dos Mil Novecientos Treinta y Tres con Diez Centavos ($2.933,10) para el año 2022; POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA Nº 5489/22
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- CONVALIDAR el Contrato de Permiso de Uso celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE BRAGADO y la Sra. EULALIA MENENDEZ DE NIELL, con fecha 30 de Mayo de 2022, el que tiene por objeto otorgar el uso de una franja de cuatro metros sobre el largo del terreno ubicado en la localidad de Comodoro Py del Partido de Bragado, e identificado catastralmente como Circunscripción VI, Sección A, Manzana 11, Parcela 2, Partida inmobiliaria Nº 6295 del Partido de Bragado, a favor de la Sra. Menéndez de Niell para ser usada únicamente como salida de su propiedad hacia la calle José Salvatierra. Dicho Convenio tendrá una vigencia por dos (2) años, venciendo en consecuencia el día 29 de Mayo de 2024.- ARTICULO 2º.- CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.-