Boletines/Bragado

Decreto Nº1117

Decreto Nº 1117

Bragado, 19/08/2022

Visto

VISTO:   El Expediente Nº 2400/22, por el cual se solicita el cambio de titularidad de una nichera ubicada en el cementerio municipal de la ciudad de Bragado a favor de la Sra. Massa Marcela Liliana, DNI Nº 17.523.669; y

Considerando

CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 5000/17 promulgada por el Decreto Nº 1497/17, establece la reglamentación aplicable al funcionamiento de los cementerios públicos y privados del Partido de Bragado; Que, la Sra. Massa resulta ser legítima poseedora de una nichera ubicada en el cementerio municipal de la ciudad de Bragado e identificada bajo la nomenclatura catastral: Sección 16, Parcela 10, Partida Nº 504, por resultar heredera testamentaria de quien detentaba la posesión de la misma desde el fallecimiento de la titular, Sra. Leticia Braile de Falabella; Que, en el artículo 17 se fijan los requisitos ante los pedidos de cambio de titularidad de bóvedas y nicheras; Que, siguiéndose el procedimiento establecido en tal artículo se publicaron los edictos en el Boletín Oficial y en los periódicos locales a fin de que toda aquella persona que se considerara con mejor derecho se pudiera oponer a la transferencia, sin que se presentara nadie; Que, asimismo se notificó a la titular para que en el plazo legal se manifieste respecto del cambio de titularidad, sin que se opusiera a la misma; Que, la Ordenanza Nº 5000/17 establece en su artículo 11 que la concesión para inhumación en nicheras y bóvedas se otorgará por el plazo máximo de treinta (30) años; Que, la Subsecretaría Legal y Técnica de esta Municipalidad se ha expresado en favor de autorizar el cambio de titularidad por entender que se han cumplidos los recaudos legales establecidos en la Ordenanza Nº 5000/17; por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA

ARTICULO 1º.- AUTORIZAR el cambio de titularidad de la nichera ubicada en el Cementerio Municipal de la ciudad de Bragado e identificada como Parcela 10 de la Sección 16, Partida Nº 504, y que perteneciera a la Sra. Leticia Braile de Falabella, a favor de la Sra. MASSA MARCELA LILIANA, DNI Nº 17.523.669, por el plazo de treinta (30) años, ello en conformidad con el procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 5000/17.- ARTICULO 2º.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTICULO 3º.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, DAR AL REGISTRO Y BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.