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Decreto Nº1012

Decreto Nº 1012

Bragado, 05/08/2022

Visto

VISTO: Que el Programa Provincial Centro Juvenil que lleva adelante  la Dirección de Juventudes de esta Municipalidad, está destinado a chicos en situación de vulnerabilidad social; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que, este  Programa tiene como base fundamental, fortalecer el desarrollo integral de los jóvenes de la Provincia de Buenos Aires acompañándolos a través de los programas existentes e incorporando aquellos que tengan como objetivo responder a las necesidades de cada comunidad; Que, los Centros Juveniles son espacios de integración, formación, contención en los que se trabajan las temáticas de formación laboral, prevención de adicciones, violencia de género y salud sexual y reproductiva; Que, los Centros funcionan en sedes municipales donde un equipo de profesionales reciben a los chicos brindando asistencia social y apoyo psicológico a cargo de Asistentes Sociales y demás colaboradores, a las cuales es necesario abonarles una bonificación con fondos provenientes del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires; por  ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA

ARTICULO 1º-  ABONAR la suma de PESOS DIEZ MIL  ($ 10.000) con fondos provenientes del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires, a la Asistente Social, IENCO, Micaela, Leg. Nº 4163, DNI Nº 38.553.323, en concepto de bonificación retroactiva por el servicio brindado fuera de su régimen de horario a los jóvenes del Programa Provincial Centro Juvenil, correspondiente al mes de junio del corriente año. ARTICULO 2º- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTICULO 3º- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR A BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-