Boletines/Balcarce

Decreto Nº0137

Decreto Nº 0137

Balcarce, 12/01/2022

Visto

El Contrato suscripto entre la Municipalidad de Balcarce y la Sra.  TAMARA  INES GUERRA,  DNI 38.320.369mediante el cual se  le encomienda el dictado del Taller de Estimulación  Temprana  y Cognitiva en su  rol  de Alumna en  Psicopedagogía   y en el marco  del   Proyecto   El   Club  después   del   Cole,   trámite   promovido   mediante  Expte.5841/21, y

Considerando

Que el presente tendrá vigencia desde el día 02/01/2022 al 30/06/2022 inclusive, abonándose   la  suma   mensual   de   PESOS  VEINTINUEVE   MIL   CUATROCIENTOS DIECISEIS ($ 29.416,00),  lo que hace un total de PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS ( $ 176.496,00).-

Que debe dictarse el acto administrativo aprobando dicho contrato.

Que la Oficina de Presupuesto  ha tomado la intervención que le compete;

POR ELLO:

EL  Sr.   INTENDENTE   MUNICIPAL  DEL PARTIDO  DE BALCARCE,  en uso de  las   atribuciones   que  le   confiere  la   Ley  Orgánica   de  las   Municipalidades   y  sus

modificatorias;

DECRETA

ARTÍCULO  1.:  Apruébase  el  Contrato suscripto  entre  la  Municipalidad  de Balcarce y la Sra.  TAMARA INES GUERRA,  DNI 38.320.369,   mediante el cual se le encomienda el dictado del Taller de de Estimulación Temprana  y Cognitiva en su rol de Alumna en Psicopedagogía   y en el marco del Proyecto  El Club después del Cole, cumpliendo una carga horaria de 20 hs semanales (80 hs mensuales) a distribuir según el cronograma  dispuesto  por las  Secretarías  de  Gobierno  y  Desarrollo  Social  y,  por lo expuesto   en  el   exordio  del   presente,   abonándose   la   suma   mensual   de   PESOS VEINTINUEVE    MIL   CUATROCIENTOS   DIECISEIS    ($   29.416,00)    por   el    período 02/01/2022 al  30/06/2022,   lo  que hace  un total  de PESOS CIENTO SETENTA Y  SEISM MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS  ( $ 176.496,00).- erogación afectada  a Fondo Educativo Nacional, cuya copia del contrato forma parte del presente Decreto.

ARTÍCULO  2:  Lo  establecido  en  el  artículo  1 ro.  deberá  imputarse  a  la  siguiente Partida del Presupuesto  General de Gastos:

Jurisdicción: Secretaría de Gobierno

Programa:  01.04.00 Serv.  Compl. Educación, Cultura,  Ciencia y Técnica

Imputación del Gasto: 3.9.9.0 - Otros Servicios

Fuente de Financiamiento:  133 - De origen Nacional

Afectación 11.4.11.00 - Fondo Educativo    $ 176.496,00.-

ARTÍCULO  3:  Se   requiere  insistencia   para  efectuar  el   presente   pago  en  virtud de no contar con recursos  disponibles  según  los Art. 31,  118,  186  y

187 de la L.O.M,  Art. 9 del R.C.

ARTÍCULO 4:  Cúmplase,  publíquese,  comuníquese  a las  Secretarías  Municipales, Contaduría, Tesorería,  Interesada y dése copia al registro de decretos.

Reino - Stoppani - Torres

Anexos

GUERRA

CONTRATO

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