Boletines/Balcarce
Decreto Nº 0135
Balcarce, 12/01/2022
Visto
El contrato suscripto entre la Municipalidad de Balcarce y el Sr. GASPAR FELIPE COLAVITA, DNI 37.398.819, mediante el cual se le encomienda desempeñarse como Profesor de Educación Física y en el marco del Proyecto El Club después del Cole, trámite promovido mediante Expte. 5853/21, y
Considerando
Que el presente tendrá vigencia desde el día 02/01/2022 al 30/06/2022 inclusive, abonándose la suma mensual de PESOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA ($ 37.780,00), lo que hace un total de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA ( $ 226.680,00).-
Que debe dictarse el acto administrativo aprobando dicho contrato.
Que la Oficina de Presupuesto ha tomado !a intervención que !e compete;
POR ELLO:
EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BAILCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus
modificatorias;
DECRETA
ARTÍCULO 1.: Apruébase el Contrato suscripto entre la Municipalidad de Balcarce y el Sr. GASPAR FELIPE COLAVITA, DNI 37.398.:819, mediante el cual se le encomienda desempeñarse como Profesor de Educación Física en el marco del Proyecto El Club después del Cole, cumpliendo una carga horaria de 25 hs semanales (100 hs mensuales) a distribuir según el cronograma dispuesto por las Secretarías de Gobierno y Desarrollo Social y, por lo expuesto en el exordio del presente, abonándose la suma mensual de PESOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA ($ 37.780,00) por el período 02/01/2022 al 30/06/2022, lo que hace un total de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA ( $ 226.680,00).- erogación afectada a Fondo Educativo Nacional, cuya copia del contrato forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 2: Lo establecido en el artículo 1 ro. deberá imputarse a la siguiente Partida del Presupuesto General de Gastos:
Jurisdicción: Secretaría de Gobierno
Programa: 01.04.00 Serv. Compl. Educación, Cultura, Ciencia y Técnica
Imputación del Gasto: 3.9.9.0 - Otros Servicios
Fuente de Financiamiento: 133 - De origen Nacional
Afectación 11.4.11.00 -
Fondo Educativo $ 226.680,00.-
ARTÍCULO 3: Se requiere insistencia para efectuar el presente pago en virtud de no contar con recursos disponibles según los Art. 31, 186 y 187 de la L.O.M, Art. 9 del R.C.
ARTÍCULO 4: Cúmplase, publíquese, comuníquese a las Secretarías Municipales, Contaduría, Tesorería, Interesada y dése copia al registro de decretos
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