Boletines/Balcarce
Decreto Nº 0134
Balcarce, 12/01/2022
Visto
El contrato sucripto entre la Municipalidad de Balcarce y el Sr. EMANUEL MERLO DNI 36.442.215, mediante el cual se le encomienda desempeñarse como Psicólogo y en el marco del Proyecto El Club después del Cole, trámite promovido mediante Expte. 5846/21, y
Considerando
Que el presente tendrá vigencia desde el día 02/01/2022 al 30/06/2022 inclusive, abonándose la suma mensual de PESOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS NOVENTA ($ 40.390,00), lo que hace un total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA ( $ 242.340,00).-
Que debe dictarse el acto administrativo aprobando dicho contrato.
Que la Oficina de Presupuesto ha tomado la intervención que le compete;
POR ELLO:
EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus
modificatorias;
DECRETA
ARTÍCULO 1 .: Apruébase el Contrato suscripto entre la Municipalidad de Balcarce y el Sr. EMANUEL MERLO, DNI 36.442.215, mediante el cual se le encomienda desempeñarse Psicólogo y en el marco del Proyecto El Club después del Cole, cumpliendo una carga horaria de 25 hs semanales (100 hs mensuales) a distribuir según el cronograma dispuesto por las Secretarías de Gobierno y Desarrollo Social y, por lo expuesto en el exordio del presente, abonándose la suma mensual de PESOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS NOVENTA ($ 40.390,00) por el período 02/01/2022 al30/06/2022, lo que hace un total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA ( $ 242.340,00).- erogación afectada a Fondo Educativo Nacional, cuya copia del contrato forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 2.: Lo establecido en el artículo 1 ro. deberá imputarse a la siguiente Partida del Presupuesto General de Gastos:
Jurisdicción: Secretaría de Gobierno
Programa: 01.04.00 Serv. Compl. Educación, Cultura, Ciencia y Técnica
Imputación del Gasto: 3.9.9.0 - Otros Servicios
Fuente de Financiamiento: 133 - De origen Nacional
Afectación 11.4.11.00 -
Fondo Educativo $ 242.340,00.-
ARTÍCULO 3.: Se requiere insistencia para efectuar el presente pago en virtud de no contar con recursos disponibles según los Art. 31, 186 y 187 de la L.O.M, Art. 9 del R.C.
ARTÍCULO 4: Cúmplase, publíquese, comuníquese a las Secreta.rías Municipales, Contaduría, Tesorería, Interesada y dése copia al reqistro de decretos
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