Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 181/22
Balcarce, 22/09/2022
VISTO:
La Ordenanza nro. 172/16 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Balcarce, en Sesión del 27 de diciembre de 2016 y su modificatorias nro. 191/18 y 189/19, y
CONSIDERANDO:
1.- Que la Municipalidad viene llevando a cabo un Plan de Regularización Dominial con el objeto de ordenar todos los Barrios del Partido de Balcarce.-
2.- Que este plan es una línea de trabajo estratégica para generar dispositivos de seguridad jurídica en la posesión del suelo y la vivienda, priorizando situaciones de vulnerabilidad social de distintas familias que desde hace más de 20 años ocupan lotes municipales.-
3.- Que después de varios años de funcionamiento se hace necesario ir mejorando la legislación vigente en el Partido de Balcarce para ir alcanzando los objetivos propuestos de manera más correcta e eficiente.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Modifíquese el art. 33 de la Ordenanza nro. 172/16, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Los recursos de la cuenta que se crea serán afectados a la concreción y financiación de los siguientes programas:
a) Ordenanza Operativa REGULACION DOMINIAL BALCARCE para la Venta de las Tierras Fiscales.-
b) Creación del Banco de Tierras de Balcarce.-
c) Compra de lotes que serán afectados a la reubicación de los grupos convivientes que, como consecuencia de la subdivisión realizada, quedarán sin parcelas.-
d) Compra de materiales para planes y/o programas para la auto-construcción y/o mantenimiento de viviendas implementadas por el Municipio.-
e) Realización de cualquier tipo de Obra Pública y/o Servicio Público.-
f) Insumos, bienes de uso para el Hospital Municipal y Municipalidad.-
g) Bienes para el cuidado del Medio Ambiente y Parque Geológico Urbano del Partido de Balcarce.-
h) Compra de insumos y/o maquinarias para la realización de Obras y/o Servicios Públicos.-
Toda operación de compra de tierras deberá contar con la aprobación del Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-
FIRMADO: Agustín Cassini. PRESIDENTE - Mercedes Palmadés -SECRETARIA.-