Boletines/Balcarce

Ordenanza Nº158/22

Ordenanza Nº 158/22

Balcarce, 25/08/2022

VISTO:

              Las actuaciones que tramitan por Expediente Nº 7942/B/2022  referentes “DEUDA PROVINCIA SEGUROS SA – POLIZA DE CAUCION CONVENIO “PUESTA EN VALOR 4 PLAZAS”, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 02 se adjunta nota emitida por el Tesorero Municipal donde solicita información sobre la vigencia del Convenio 2017  “PUESTA EN VALOR 4 PLAZAS”, información necesaria para conciliar movimientos bancarios, los mismos relacionados con la póliza de caución Provincia Seguros SA.

Que desde la Secretaria de Planeamiento, Obra y Servicios Públicos a fojas 03 informa que los montos expresados corresponden a la Póliza de Caución de la firma Provincia Seguros SA en relación al Convenio PUESTA EN VALOR 4 PLAZAS, correspondiendo el pago de las mismas según Art 11ºdel anexo III del Convenio 2017-11223136-APN-SSOP/MI.

Que a fojas 04/26 y 28/35 se adjunta documentación al respecto.

Que los montos correspondientes a la Póliza de Caución originadas por dicho Convenio no se encuentran registradas en la Contabilidad Municipal, según lo expuesto por la Contadora Municipal a fojas 37, por lo que debe darse a la misma el tratamiento previsto en los Artículos 140º y 141º  del Reglamento de Contabilidad y Art. 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00, a saber: “…El Departamento Ejecutivo no podrá reconocer deudas de ejercicios anteriores no registradas en la contabilidad municipal, sin previa comprobación – hecha en expediente especial – de la legitimidad del derecho invocado por el acreedor. Cumplido este paso, para abonar la deuda deberá requerir y obtener autorización del Concejo. En el precitado expediente se acumularán todas las constancias que posea la comuna (autoridades, funcionarios o empleados que dispusieron el gasto, fecha del compromiso, etc.), y se le agregarán los pedidos de suministros, órdenes de compra y todo otro documento que permita fijar con exactitud la Administración que dio origen a la deuda;  como, asimismo, la indudable recepción de los efectos adquiridos o la real prestación de los servicios cuyo pago se reclama. Además, se indicará la imputación que hubiera correspondido al gasto en el Presupuesto del año de origen. Cumplidos todos los requisitos precedentes, se dará vista a quien haya estado a cargo del Departamento Ejecutivo en la fecha de contratación del compromiso o, en su defecto, se documentará la imposibilidad de hacerlo. Cubierto estos recaudos, el Departamento Ejecutivo, solicitará del Concejo Deliberante autorización para registrar la deuda y efectuar el pago. Simultáneamente, se comunicará al Tribunal de Cuentas a los efectos que corresponda…”

Que la Oficina de Presupuesto/Secretaria de Hacienda ha informado la imputación presupuestaria correspondiente en el Ejercicio de origen del gasto:

            Jurisdicción: Secretaria de Obras y Servicios Públicos

            Programa: 28.77.76 – Puesta en Valor Cuatro Plazas 

            Imputación del Gasto: 4.2.2.0 Construcción de Bienes de dominio público 

            Afectación: 35.1.01.54 Convenio Puesta en Valor Cuatro Plazas  Urbanas

            Fuente de Financiamiento: 133 – del Origen Nacional   $26.584,32

Que al cierre del ejercicio 2020 no existía saldo disponible en la partida para efectuar la anterior imputación y según Art. 31 de la LOM no existían Recursos Disponibles.-

             Jurisdicción: Secretaria de Obras y Servicios Públicos

            Programa: 28.77.76 – Puesta en Valor Cuatro Plazas 

            Imputación del Gasto: 4.2.2.0 Construcción de Bienes de dominio público 

            Afectación: 35.1.01.54 Convenio Puesta en Valor Cuatro Plazas  Urbanas

            Fuente de Financiamiento: 133 – del Origen Nacional   $ 8.861,44

 Que al cierre del ejercicio 2021 no existía saldo disponible en la partida para efectuar la anterior imputación y según Art. 31 de la LOM no existían Recursos Disponibles.-

POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.-  Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a registrar la deuda contraída con  PROVINCIA SEGUROS SA en  concepto de  POLIZA DE CAUCION - CONVENIO PUESTA EN VALOR 4 PLAZAS, con los alcances expuestos en los considerandos.

                                  TOTAL DEUDA AÑO 2020             $ 26.584,32

                                  TOTAL DEUDA AÑO 2021           $   8.861,44

                                  TOTAL DE DEUDA                        $35.445,76

ARTÍCULO 2 - Autorízase al departamento Ejecutivo Municipal a realizar el pago de la deuda detallada en el artículo  anterior.-

ARTÍCULO 3- Déjase constancia que la deuda que por la presente se autoriza a registrar y pagar debió imputarse en el Ejercicio de origen del gasto, a saber:

             Jurisdicción: Secretaria de Obras y Servicios Públicos

            Programa: 28.77.76 – Puesta en Valor Cuatro Plazas 

            Imputación del Gasto: 4.2.2.0 Construcción de Bienes de dominio público 

            Afectación: 35.1.01.54 Convenio Puesta en Valor Cuatro Plazas  Urbanas

            Fuente de Financiamiento: 133 – del Origen Nacional   $26.584,32

            Que al cierre del ejercicio 2020 no existía saldo disponible en la partida para efectuar la anterior imputación y según Art. 31 de la LOM no existían Recursos Disponibles.-

           Jurisdicción: Secretaria de Obras y Servicios Públicos

            Programa: 28.77.76 – Puesta en Valor Cuatro Plazas 

            Imputación del Gasto: 4.2.2.0 Construcción de Bienes de dominio público 

            Afectación: 35.1.01.54 Convenio Puesta en Valor Cuatro Plazas  Urbanas

            Fuente de Financiamiento: 133 – del Origen Nacional   $ 8.861,44

    Que al cierre del ejercicio 2021 no existía saldo disponible en la partida para efectuar la anterior imputación y según Art. 31 de la LOM no existían Recursos Disponibles.-

ARTÍCULO 4.-  Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-

 FIRMADO: Agustín Cassini. PRESIDENTE  -  Mercedes Palmadés -SECRETARIA.-