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Ordenanza Nº155/22

Ordenanza Nº 155/22

Balcarce, 25/08/2022

VISTO:

                 El Decreto Municipal Nº 2366/22 mediante el cual se aprueba el Convenio Interinstitucional de enseñanza, capacitación laboral y formación profesional suscripto entre la Municipalidad de Balcarce representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Esteban Reino, y la Fundación para el desarrollo Educativo, Laboral y Empresarial C.I.E.P, representada por la Prof. María Leonor Borselli, en su carácter de Directora, y           

CONSIDERANDO:

         Que el presente tiene por objetivo insertar las distintas formaciones profesionales, capacitaciones, y jornadas que brinda CIEP, en el ámbito de la ciudad de Balcarce.

         Que la Fundación brindará respaldo académico y de programación de formaciones, asesoramiento didáctico a los profesionales. Asimismo apartará actualizaciones de propuestas educativas y asesoramiento en cuanto a información y material a brindar a alumnos.

         Que la Fundación tendrá a su cargo la campaña de difusión y promoción institucional.

         Que la Fundación firmará un convenio con el agente educativo quién deberá asesorarse en Sede Balcarce sobre inscripción, atención de alumnos, administración, cobro de cuotas, entre otros.

          Que la Municipalidad tendrá a su cargo los gastos por viáticos de los capacitadores no residentes de nuestra ciudad.

Que la difusión tendrá a su cargo:

  • Disposición del material de estudio.
  •  Pago del porcentaje acordado con el agente educativo y del auditor.
  • Emisión o gestión de certificados finales.

         Que la fundación se reserva la designación de los profesionales, su supervisión y sustitución de ser necesario.

          Que la Municipalidad aportará las instalaciones de la Dirección de Juventud (calle 22 nº 765 de Balcarce) para el desarrollo de las tareas educativas de los días sábados.

          Que la Fundación se compromete a la entrega de cuatro becas de las propuestas que inicien en el ciclo lectivo 2022-2023 al Municipio a fin de ser otorgados a ciudadanos de escasos recursos, transformándolos en ocho media-becas.

           Que el convenio tendrá vigencia mientras no sea concluido formalmente por escrito por las partes, pudiendo ser dejado sin efecto unilateralmente, debiendo concluir actividades económicas del año lectivo que se hallara en curso.

POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.-  Convalídase lo actuado por el   Decreto Municipal Nº 2366/22 mediante el cual se aprueba el Convenio Interinstitucional de enseñanza, capacitación laboral y formación profesional suscripto entre la Municipalidad de Balcarce representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Esteban Reino, y la Fundación para el Desarrollo Educativo, Laboral y Empresarial C.I.E.P, representada por la Prof. María Leonor Borselli, en su carácter de Directora, cuyo objetivo es insertar las distintas formaciones profesionales, capacitaciones, y jornadas que brinda CIEP, en el ámbito de la ciudad de Balcarce.-

ARTÍCULO 2.-  Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-

 FIRMADO: Agustín Cassini. PRESIDENTE  -  Mercedes Palmadés -SECRETARIA.-