Boletines/General Lavalle
Ordenanza Nº 2554/2022
General Lavalle, 17/08/2022
VISTO:
La Ordenanza Impositiva nº 2486/2021 ; y
CONSIDERANDO:
Que, a fs 2 a 3 la Empresa Telefónica argumenta las razones del aumento arbitrario que no muestra vinculación con el costo de ningún servicio que eventualmente se pudiera prestar, ni tienen en consideración la actual situación económica de las empresas prestadoras de Servicios TIC y presenta propuesta de pago de la Tasa de Inspección correspondiente al periodo fiscal 2022.
Que, a fs.5 a 6 eleva idéntico pedido la Empresa Telecom.
Que, a fs. 12 la Subsecretaría de Rentas eleva informe de las liquidaciones de deuda con vencimiento el 30 de junio de 2022 en concepto de Tasa por Verificación e Inspección del Emplazamiento y Construcción de E
structuras Soporte de Antenas y Equipos Complementarios para la Prestación de Servicios de Telecomunicación Móvil y/o Fija.
Que, luego del análisis profundo del Cuerpo Deliberativo, y a efectos garantizar el cobro de la Tasa de Inspección en cuestión, se estima oportuno facultar al Departamento Ejecutivo al cobro de la tasa en un cincuenta por ciento del monto establecido conforme Ordenanza Impositiva vigente.
Que, debe establecerse un plazo temporal para efectuar dichos cobros, vencido el cual se deberá accionar por las vías correspondientes para el cobro de la Tasa, tomando como monto a liquidar, el previsto en la Ordenanza Impositiva vigente.
Que, de tal forma, se intenta evitar someter el conflicto a la instancia judicial, pero siempre afirmando la constitucionalidad de la Tasa y la procedencia de su cobro.
Que, las facultades conferidas al Cuerpo Deliberativo no implica resignar el cobro de capital de períodos anteriores, ni la autorización al cobro reducido de las tasas, requiere el llamado a Asamblea de Mayores Contribuyentes y Concejales
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 2554/2022
ARTÍCULO 1°: Facúltese al Departamento Ejecutivo al cobro de la TASA POR VERIFICACIÓN E INSPECCIÓN DEL EMPLAZAMIENTO Y CONSTRUCCIÓN DE ESTRUCTURAS SOPORTES DE ANTENAS Y EQUIPOS COMPLEMENTARIOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TELECOMUNICACIÓN MÓVIL, en un cincuenta por ciento (50 %) del monto establecido en el Artículo 41 de la Ordenanza Nº 2486/2021.
ARTÍCULO 2°: Facultase al Departamento Ejecutivo a la condonación de los intereses y multas correspondientes al período 01/22 correspondientes exclusivamente a la TASA POR VERIFICACIÓN E INSPECCIÓN DEL EMPLAZAMIENTO Y CONSTRUCCIÓN DE ESTRUCTURAS SOPORTES DE ANTENAS Y EQUIPOS COMPLEMENTARIOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TELECOMUNICACIÓN MÓVIL.
ARTÍCULO 3°: Las facultades conferidas en los Artículos 1º y 2º de la presente Ordenanza tienen vigencia hasta el día 30 de septiembre de 2022, vencido dicho plazo se deberá accionar en forma inmediata para el cobro correspondiente a los obligados al pago de la TASA POR VERIFICACIÓN E INSPECCIÓN DEL EMPLAZAMIENTO Y CONSTRUCCIÓN DE ESTRUCTURAS SOPORTES DE ANTENAS Y EQUIPO COMPLEMENTARIOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TELECOMUNICACIÓN MÓVIL Y/O FIJA, en la forma prevista en el Artículo 41 de la Ordenanza Nº 2486/2021.
ARTÍCULO 4º: Establézcase que, para el caso de contribuyentes de la TASA POR VERIFICACIÓN E INSPECCIÓN DEL EMPLAZAMIENTO Y CONSTRUCCIÓN DE ESTRUCTURAS SOPORTES DE ANTENAS Y EQUIPOS COMPLEMENTARIOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TELECOMUNICACIÓN MÓVIL que adeuden a la Municipalidad, periodos anteriores al año 2022, deberán cancelarse previamente los mismos, antes de acceder al beneficio que se estipula en los artículos precedentes.
ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para conocimiento, efecto y publicación en SIBOM.-
Dada en sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Lavalle, a los 17 días del mes de agosto del año 2022, en Sesión Ordinaria. Firman: Nahuel Alfredo Guardia, Presidente; Olga Beatriz Ortiz, Secretaria.