Boletines/General Lavalle

Decreto Nº870/2022

Decreto Nº 870/2022

General Lavalle, 29/08/2022

Visto

La necesidad de realizar las siguientes Ampliaciones presupuestarias para el Ejercicio en curso, y,

Considerando

           Que el ARTICULO 187° de la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone que “…Promulgado que sea el presupuesto, no podrá ser modificado sino por iniciativa del Departamento Ejecutivo”.

           Que el Contador Municipal informa la necesidad de realizar modificaciones presupuestarias.

           Que el presente Decreto se dicta Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante (artículos 119, 120 y ccdtes. L.O.M. y Reglamento de Contabilidad).

           Que se debe dictar el acto administrativo correspondiente, el cual será refrendado por el Jefe de Gabinete.

            EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTICULO 1º: Efectúese las siguientes  Ampliaciones  presupuestarias.

Amplíese el Cálculo del Recurso en los siguientes Rubros:

131. De Origen Afectado Municipal

 12.9.13.00 - Adquisición de Bienes y Servicios. Importe $ 500.000,00.-

17.5.01.04 – Conv. Sist. De Seg. – Policía Comunal. Importe $ 4.000.000,00.-

 

 Amplíese el Presupuesto de Gastos en los siguientes Partidas:

Jurisdicción: 1110103000 –  Secretaria de Obras y Servicios Públicos.

Apertura Programática:   01.00.00 – Adm., Gestión, y Dirección de Obras y Servicios Públicos.

131 – Tesoro Municipal Afectado.-

2.6.4.0 Cemento, asbesto y yeso. Importe $ 350.000,00.-

 

 

 

 

Apertura Programática:   28.02.00 – Mantenimiento de entidades de seguridad.

132 – Tesoro Provincial Afectado.-

2.4.4.0 Cubiertas y cámaras de aire. Importe $ 360.000,00.-

2.5.6.0 Combustibles y lubricantes. Importe $  1.640.000,00.-

2.9.6.0 Repuestos y accesorios. Importe $ 2.000.000,00.-

 

Jurisdicción:  1110104000 – Secretaría de Calidad de Vida y Desarrollo.

Apertura Programática:    44.00.00 – Programa de Niñez.

131– Tesoro Municipal Afectado.-

4.3.6.0 Equipos para computación. Importe $ 150.000,00.-

 

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda y dése al Registro Municipal.

 

 

 

 

ANDREA VERONICA TURCONI                                                                   JOSE H RODRIGUEZ PONTE

         JEFE DE GABINETE                                                                                  INTENDENTE MUNICIPAL