Boletines/Mercedes

Resolución Nº419/2022

Resolución Nº 419/2022

Mercedes, 08/08/2022

Visto

El expediente N°3617 del año 2021 caratulado: “CARDOZO MONICA S/ PROGRAMA MI TERRENO”, a los fines de inscribirse junto a su pareja el Sr. BURGOS Guillermo Javier al programa, y

Considerando

Que se denegó la inscripción al Programa “Mi Terreno” a la Sra. CARDOZO MIONICA con D.N.I N°27.848.685 y del Sr. BURGOS GUILLERMO JAVIER con DNI 26.985.160 mediante Resolución N°337, Folio N°397/398, Libro N°10 con fecha 29 junio de 2022 por incomparecencia injustificada, obstrucción a la investigación e incumplir con lo requerido en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal N°7982/2017;

Que por tal se notificó al domicilio denunciado por el peticionante en Declaración Jurada, que deberá presentar descargo por escrito en el plazo perentorio de 10 (diez) días hábiles bajo apercibimiento de dar por consentida la misma, revistiendo por tal, absoluta validez con conformidad de su parte sobre obtener los materiales a los fines levantar una construcción  en un inmueble con ánimos de vivienda permanente; por lo que presentó un descargo donde manifiesta que le entregaron una tarjeta con $25.000 que fueron utilizados para comprar los pisos que fueron colocados en la cocina de la casa de los padres, manifestando su deseo a renunciar al programa “Mejora Habitacional”;

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Considerar válido el descargo formulado y declarar la continuidad de la Sra. CARDOZO Mónica con DNI 27.848.685 y del Sr. BURGOS Guillermo Javier con DNI 26.985.160  en el Programa MI TERRENO, atento que no resuelve el problema habitacional, dejando sin efecto la resolución N° 337 Folio N°397/398 Libro N°10.-

Artículo 2°: Notifíquese con transcripción de los art.65 y 86 de la Ordenanza General 267/80.

 Artículo 3°: Hágase las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes en caso estime corresponder (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).