Boletines/Mercedes

Decreto Nº1434/2022

Decreto Nº 1434/2022

Mercedes, 22/08/2022

Visto

Que según consta en el Expediente 2525 alcances I a VII los beneficiarios se encuentran en etapa de construcción de la etapa III del programa Casa Propia - Construir Futuro en el barrio Favaloro II declarados según decreto 1961/21 de acuerdo al nuevo plan de trabajo.

Considerando

Que a través del decreto 39/2022 se procedió a transferir la suma necesaria para la compra de los materiales de la etapa II del Plan de Trabajos modificado y aceptado por el MDTyH en la cual las cooperativas contratadas aportan la mano de obra y los Beneficiarios adquieren los materiales a través de la Tarjeta Cabal.

Que con posterioridad a ello se determinó un nuevo Plan de Trabajos según el cual los fondos transferidos oportunamente a través del decreto 39/2022 permitieron llegar hasta la Etapa III.

Que entre las obligaciones asumidas por el municipio en el convenio particular convalidado por Ordenanza 8635/2021 se encuentra la de hacer cumplir el plazo de ejecución de la obra establecido en OCHO (8) meses.

Que para poder dar cumplimiento a aquella obligación asumida se requiere que la obra no se detenga como consecuencia de la ausencia de materiales necesarios para avanzar en la construcción.

Que el artículo SEXTO del precitado decreto establece que los beneficiarios tendrán una participación activa en la ejecución de la vivienda asumiendo - entre otras- la obligación de comprar los materiales para la Etapa II a VIII.

Que los beneficiarios ya cuentan con las tarjetas provistas por CABAL y se requieren los materiales para avanzar en la construcción de las Etapas VII y VIII del nuevo plan de trabajo.

Por ello el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades legales que le son propias.

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: AUTORÍCESE a otorgar la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL CIENTO OCHENTA CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 800.180,69) equivalentes a UVIs SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON SETENTA Y SEIS (UVIs 6362.76) calculados al 31 de julio de 2021, a los beneficiarios detallados en el Anexo I, a los efectos que cumplan con la compra de los materiales de la ETAPA VII y VIII del plan de trabajos.

ARTÍCULO 2°: AUTORICESE a depositar la suma global de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS UNO DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS ($5.601.264,83) equivalentes a UVIs CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON TREINTA Y DOS (UVIs 44.539,32) en la cuenta corriente N° 191-039232/0, del Banco Credicoop Coop. Ltdo., CBU N° 19100018 (primer bloque) y CBU N° 55000103923200 (segundo bloque) de titularidad CABAL Coop. Prov. Serv. Ltda.

ARTICULO 3°: REGISTRESE en el Libro de Decretos y pase a la Dirección de Vivienda a sus efectos.