Boletines/Carlos Tejedor
Decreto Nº 2325/22
Carlos Tejedor, 04/07/2022
Visto
La necesidad de generar una política pública que involucre y haga partícipes a las niñas y niños del distrito de Carlos Tejedor en la construcción de espacios recreativos;
Considerando
Que, el Departamento Ejecutivo Municipal ha gestionado ante el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y, concretamente ante Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia, la financiación para un nuevo proyecto denominado “ÁREA DE JUEGOS EN PLAZAS DE CARLOS TEJEDOR”
Que, es voluntad del Estado Municipal que esa ejecución de proyecto sea llevada adelante, en las actividades que se permiten, por las niñas y niños del distrito considerándolos como ejes fundamentales de esta acción de gobierno.
Que, el Estado Municipal dispondrá los recursos económicos y políticos necesarios para que, en el plazo aproximado de 18 meses, se logren generar inversiones en una plaza o espacio verde de cada una de las localidades del distrito.
Por ello:
LA INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º: Crease en el distrito de Carlos Tejedor el programa “CREAR NIÑOS” que garantizará intervenciones e inversiones en no menos de una (1) plaza o espacio verde de cada una de las localidades del distrito.
ARTÍCULO 2°: Establézcase que, posteriormente al proyecto ya establecido por el municipio, el diseño, armado y elección de juegos (si los hubiese) se realizará por votación por parte de las niñas y niños de entre 2 años y 18 años de edad, donde la iniciativa que más votos haya conseguido será la que finalmente se plasmará en la plaza o espacio verde oportuno.
ARTÍCULO 3°: Dispóngase que las áreas responsables de la planificación y ejecución del programa serán: Secretaría de Gestión, Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Dirección de Cultura.
ARTÍCULO 4°: Los gastos e inversiones que demande el programa creado por el presente decreto serán imputados a:
Jurisdicción: 11101104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
Programa: 52 Servicios Urbanos.
Actividad: Programa Crear Niños – Plazas en el Partido.
ARTÍCULO 5°: Cúmplase, regístrese y comuníquese.