Boletines/Campana

Decreto Nº585/21

Decreto Nº 585/21

Campana, 25/08/2021

Expediente Electrónico EX-2021-00042834- -MUNICAM-SMESA#DGAA

Visto

La Ley Provincial N° 14.656, la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales y sus modificatorios, suscriptos el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015 y el Anexo IV aprobado el por Decreto – 2018 – 572, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización y el EX-2021-00042834- -MUNICAM-SMESA#DGAA ; y

Considerando

Que la Secretaría de Salud solicitó el reconocimiento de los servicios prestados por parte de la Srta. Laura Cecilia ARGUELLO y asimismo se le reconociera el otorgamiento del “Adicional por Horarios Especiales” por cumplir horarios o turnos rotativos, de la modalidad de 6 X 2 (mañana, tarde y noche).

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que la Srta. ARGUELLO cumplió con todos los requisitos de admisibilidad para el ingreso a la Administración Pública y no posee antecedentes penales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.

Que asimismo comunica que la Srta. ARGUELLO pueden serles reconocidos los servicios prestados por el periodo desde el 05 de mayo de 2021 y hasta el día 30 de junio del mismo año inclusive, en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Jornalizado”, Jornal de Servicio, para desarrollar tareas de Personal de Servicio, con 48 horas semanales de labor, dependiente del Departamento Enfermería, Dirección Médica de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaría de Salud, Secretaría de Salud, Jefatura de Gabinete otorgándole el “Adicional por Horarios Especiales” consistente en el diez por ciento (10%) de su sueldo básico con carácter mensual.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Reconócense los servicios prestados por la Srta. Laura Cecilia ARGUELLO (D.N.I. 26.370.129), en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Jornalizado”, Jornal de Servicio, para desarrollar tareas de Personal de Servicio, con 48 horas semanales de labor, dependiente del Departamento Enfermería, Dirección Médica de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaría de Salud, Secretaría de Salud, Jefatura de Gabinete , con retroactividad al periodo desde el 05 de mayo de 2021 y hasta el día 30 de junio del mismo año inclusive.

ARTÍCULO 2º.- Reconócese el otorgamiento a la Srta. Laura Cecilia ARGUELLO, el “Adicional por Horarios Especiales”, que contempla el artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, consistente en el diez por ciento (10%) del sueldo básico, con carácter mensual, con retroactividad al período del 05 de mayo de 2021 y hasta el día 30 de junio del mismo año inclusive.-

ARTÍCULO 3º.- Establécese que el reconocimiento dispuesto en este Decreto está alcanzado por las disposiciones de los artículos 2°, 68 y 111 de la Ley Provincial N° 14.656 y los artículos 4°, 21 y 36 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.-

ARTÍCULO 4º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto fueron asignados de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110105000 – Secretaría de Salud, del Presupuesto General de Gastos para el año 2021.-

ARTÍCULO 5º.- Refréndase el presente Decreto por el Señor Secretario Técnico, Administrativo y Legal, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 6 º.- Regístrese; notifíquese; comuníquese y archívese.-