Boletines/Campana

Decreto Nº531/21

Decreto Nº 531/21

Campana, 09/08/2021

EXP. Nº 4016-19615-2021

Visto

La Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatorio, suscriptos el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto DECTO-2021-375-E-MUNICAM-INT, y el Expediente Municipal Nº 4016-19615-2021; y

Considerando

Que por el Decreto DECTO-2021-375-E-MUNICAM-INT de fecha 18 de Junio de 2021 se ordenó la instrucción de sumario administrativo a efectos de esclarecer los hechos denunciados a fs. 8/10 del Expediente Municipal N° 4016- 19615-2021, con relación a los trabajadores municipales PIRIZ, BRAIAN EMANUEL, Legajo Personal N° 6014 (D.N.I. 37.675.512), y, CUBILLA, YANINA PAOLA, Legajo Personal N° 5325 (D.N.I. 25.355.951), como así también para deslindar las responsabilidades administrativas emergentes de los mismos y aplicar las sanciones que eventualmente correspondan.

Que en función de ello, fue designada como instructora sumarial la Dra. Betsabé Asunción Arias, D.N.I. 26.631.340, dependiente de la Dirección General de Asuntos Judiciales.

Que a fs. 16 se notifican de lo dispuesto en el DECTO-2021-375-E-MUNICAM-INT de fecha 18 de Junio de 2021, las trabajadoras municipales PIRIZ, CUBILLA y la Dra. ARIAS.

Que a fs. 18 luce certificado emitido por la Dirección General de Recursos Humanos mediante el cual se hace saber que se encuentra en proceso de ejecución el acto administrativo mediante el cual se acepta la licencia sin goce de haberes de la Dra. ARIAS con retroactividad al 01 de agosto de 2021.

Que como consecuencia de ello, a fs. 19 obra nota de la Instructora Sumarial, Dra. ARIAS, mediante la cual informa que en virtud de la licencia sin goce de haberes de la que hará uso, le impide continuar como instructora sumarial.

Que corresponde en consecuencia de todo lo dicho, designar en reemplazo como Instructor Sumarial, al Dr. ASIS, Federico Ernesto dependiente de la Dirección General de Asuntos Judiciales, para que proceda a llevar a cabo su cometido tan pronto como acepte el cargo en forma legal.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-Acéptese la renuncia al cargo como Instructora Sumarial por el que fuera designada por DECTO-2021- 375-E-MUNICAM-INT de fecha 18 de Junio de 2021, a la Dra. Betsabé Asunción ARIAS, por las razones expuestas en el considerando del presente.-

ARTÍCULO 2º.-Desígnase, a los fines de lo dispuesto en el artículo 1º del DECTO-2021-375-E-MUNICAM-INT de fecha 18 de Junio de 2021, como Instructor Sumarial al Dr. Federico Ernesto Asís, Legajo Personal N° 7295 (D.N.I. 23.363.076), dependiente de la Dirección General de Asuntos Judiciales, para que proceda a llenar su cometido tan pronto como acepte el cargo en legal forma.-

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese fehacientemente de lo dispuesto en el presente Decreto, por intermedio de la Dirección General de Recursos Humanos, a los agentes PIRIZ, BRAIAN EMANUEL, Legajo Personal N° 6014 (D.N.I. 37.675.512), y CUBILLA, YANINA PAOLA, Legajo Personal N° 5325 (D.N.I. 25.355.951) y a los Dres. Betsabé Asunción Arias, (D.N.I. 26.631.340) y Federico Ernesto Asís (D.N.I. 23.363.076).-

ARTÍCULO 4º.-Dispónese que, firme lo dispuesto en el presente Decreto, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público continúen las actuaciones según su estado.-

ARTÍCULO 5º.-Refréndase el presente Decreto por el Señor Secretario Técnico, Administrativo y Legal; y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 6°.-Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archivese.-