Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 203/2022
Benito Juarez, 05/05/2022
Visto
lo actuado en Expte. Letra “G” Nº 05/2016, en el que de fs. 30 a 33 obra Contrato de Comodato suscripto entre la Municipalidad de Benito Juárez y el Club “Villa Lumieri” de la ciudad de Benito Juárez en fecha 12 de Septiembre del 2016, por un predio de 130 metros por 65 metros, denominado catastralmente como: Circ. I – Secc. B – Quinta 55, ubicado sobre prolongación de Avenida Mitre entre calle Yatasto y Ayacucho de Benito Juárez; y
Considerando
a fs. 34 obra nota suscripta por el presidente del Club “Villa Lumieri”, donde manifiesta no poder dar cumplimiento con la cláusula segunda del Comodato arriba citado, respecto de utilizar el inmueble objeto del mismo para actividades deportivas y recreativas;
QUE si bien la cláusula quinta reserva el derecho del comodante a rescindir unilateralmente el contrato, nada obsta a que sea el comodatario quien lo rescinda conforme lo dispuesto en el art. 1541 del C.C. y C. N.: “El comodato se extingue: … c) por voluntad unilateral del comodatario;”;
QUE a fs. 38 obra dictamen de Asesoría Legal de la Comuna, sugiriendo tener por extinguido el comodato mencionado, registrado bajo el Nº 110/2016 del Registro Municipal de Contratos;
QUE el Sr. Secretario de Gobierno, dispone el dictado del presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE:
Artículo 1º.- Rescíndase el Contrato de Comodato suscripto entre la Municipalidad de Benito Juárez y el Club “Villa Lumieri” de la ciudad de Benito Juárez, registrado bajo el Nº 110/2016 del Registro Municipal de Contratos, por un predio de 130 metros por 65 metros, denominado catastralmente como: Circ. I – Secc. B – Quinta 55, ubicado sobre prolongación de Avenida Mitre entre calle Yatasto y Ayacucho de Benito Juárez, de acuerdo a lo actuado en el Expte. Letra “G” Nº 05/2016.
Artículo 2º.- Por Asesoría Legal, notifíquese.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. De Decretos y Resoluciones, tome nota Contaduría, Tesorería, Dirección Gral. de Deportes, Jefatura de Gabinete, Secretarías de Gobierno, Asesoría Legal y Auditoría, cumplido, archívese.
SECRETARIO DE GOBIERNO
ING. SERGIO J. ACOSTA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCION Nº 203.-