Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 191/2022
Benito Juarez, 21/04/2022
Visto
lo actuado en el Expte. Letra “R” Nº 90/22, a fs. 2 obra nota de la Directora General de Recursos Humanos informando que la agente CABEZAS, MARIA JULIA (L.P. 2274) ha hecho uso de la Licencia por Enfermedad por más de un año, en el periodo transcurrido entre los años 2021 y 2022; y
Considerando
que la agente mencionada ha presentado certificados médicos por enfermedad desde el día 12 de Abril de 2021 ininterrumpidamente hasta la fecha, con diagnóstico de una patología en articulaciones múltiples, conforme surge de los certificados médicos obrantes a fs. 4 a 25, emitidos por los Médicos Traumatólogos Rossi y Barba ;
QUE el Art. 37, antepenúltimo párrafo del C.C.T., dispone: “En los supuestos de enfermedad de largo tratamiento el trabajador tiene derecho a una licencia de un (1) año con goce de haberes. Vencido este plazo el trabajador tiene derecho a una licencia de un (1) año adicional, durante el cual percibirá el setenta y cinco (75%) por ciento de sus haberes”;
QUE cierto es que no ha sido aclarado el concepto de enfermedad de largo tratamiento, por lo que debe considerárselo de acuerdo a la patología que sufre el agente y que le impide prestar servicios de manera regular y continua;
QUE a fs. 26 obra dictamen de Asesoría Legal, donde sugiere que se debe comenzar a abonarse a la agente, CABEZAS, MARIA JULIA (L.P. 2274) el monto correspondiente al setenta y cinco por ciento (75%) de sus haberes de acuerdo a lo establecido en el Art. 37 del C.C.T.;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar acto administrativo,
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
RESUELVE:
Artículo 1º.-Autorizase a la Dirección General de Recursos Humanos a comenzar a abonar el setenta y cinco por ciento (75%) de sus haberes, a partir del mes de Abril del corriente año, a la agente CABEZAS, MARIA JULIA (L.P. 2274), de acuerdo a lo establecido en el Art. 37 del C.C.T. y a lo actuado en el Expte. Letra “R” Nº 90/22.
Artículo 2º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno Interino.
Artículo 3º.-Comuníquese, dése al R.O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Hacienda, Delegación Barker y Auditoría cumplido, archívese.
SECRETARIO DE GOBIERNO INTERINO
SR. MARTIN MARCOVECCHIO
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 191.-