Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 179/2022
Benito Juarez, 08/04/2022
Visto
lo actuado en Expte. Letra “R” Nº 212/2020, en el cual a fs. 8 y 9 obran notas de la Delegada Municipal de Barker y Villa Cacique, informa acerca de las inasistencias injustificadas a su lugar de trabajo del agente ROLSING IVAN (L.P. 3537) los días 21 y 23 de Marzo del corriente año;
QUE de fs. 10 a 12 surge que se ha garantizado el derecho de defensa del agente cuya conducta se cuestiona;
QUE conforme lo dispuesto en el art. 53 inc. a) del C.C.T.M, ambas inasistencias debe tenerse por injustificadas;
QUE con su accionar el agente violó lo dispuesto en el art. 81 inc. a) del Convenio mencionado, que impone como obligación ineludible del trabajador prestar servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño a la eficiencia de Administración Municipal;
QUE se encuentra debidamente acreditado que el agente referenciado incurrió en negligencia en el cumplimiento de sus tareas, adecuándose su conducta en el tipo infraccional del art. 84 inc. 3) del C.C.T.M.;
QUE a fs. 14 y 15 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Comuna, sugiriendo aplicar la sanción de apercibimiento al agente Rolsing Iván, tal como lo prevé el art. 83 inc. b) del citado Convenio, con el correspondiente descuento de haberes;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar acto administrativo,
LA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA, en uso de sus facultades;
RESUELVE:
Artículo 1º.-Aplicar APERCIBIMIENTO al agente ROLSING IVAN (L.P. 3537), de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 84 inc. 3) del C.C.T. y a lo actuado en el Expediente Letra “O” Nº 212/2020.
Artículo 2º.-Autorícese a la Dirección General de Recursos Humanos a descontar al agente ROLSING IVAN (L.P. 3537), un (1) día de ausencia injustificada (dejando constancia que se le descontó un día conjuntamente con los haberes del mes de Marzo), de lo actuado en el Expediente Letra “O” Nº 212/2020.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretaría de Gobierno, de Hacienda, Delegación de Barker y Auditoría, cumplido, archívese.
SECRETARIO DE GOBIERNO
ING. SERGIO J. ACOSTA
INTENDENTA MUNICIPAL INTERINA
SRA. MARIA T. RICCI
RESOLUCIÓN Nº 179.-