Boletines/Benito Juarez

Resolución Nº150/2022

Resolución Nº 150/2022

Benito Juarez, 16/03/2022

Visto

lo actuado en  Expte. Letra “S” Nº 20/09, en el cual a fs. 44 obra nota del Director de Medioambiente, informa acerca de la falta injustificada del agente LUCERO PEDRO (L.P. 2862) a su lugar de trabajo el día 10 de Febrero del corriente año;

QUE a fs. 46 obra descargo del agente mencionado;

QUE el Art. Nº 81 del C.C.T.M.: referente a las obligaciones del trabajador, en su inc. a) dispone: “Prestar los servicios en forma regular y continua (…) con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencias, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal”; 

QUE según lo dispuesto en el art. 23 del C.C.T.M.: “El trabajador tiene derecho a una retribución justa por sus servicios (…)”;

QUE asimismo, el art. 54 del citado Convenio establece que: “La falta injustificada traerá aparejada la pérdida del derecho a retribuciones por el o los días que dure su ausencia, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que por igual motivo establece la normativa vigente, en razón del deber de diligencia y colaboración (…)”;

QUE se encuentra debidamente acreditado que el agente referenciado incurrió en negligencia en el cumplimiento de sus tareas, adecuándose su conducta en el tipo infraccional del art. 84 inc. 3) del C.C.T.M.;

QUE a fs. 48 y 49 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Comuna, sugiriendo aplicar la sanción de apercibimiento al agente Lucero, tal como lo prevé el art. 83 inc. b) del citado Convenio, con el correspondiente descuento de haberes;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar acto administrativo,

LA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA, en uso de sus facultades;

RESUELVE:

Artículo 1º.-Aplicar APERCIBIMIENTO al agente LUCERO PEDRO (L.P. 2862), de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 84 inc. 3) del C.C.T. y a lo  actuado en el Expediente Letra “S” Nº 20/09.

Artículo 2º.-Autorícese a la Dirección General de Recursos Humanos a descontar al agente LUCERO PEDRO (L.P. 2862), un (1) día de ausencia injustificada (10/02/2022), de lo actuado en el Expediente Letra “S” Nº 20/09.

Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.

Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretaría de Gobierno, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y Auditoría, cumplido, archívese.

SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y

SERVICIOS PUBLICOS

ARQ. DIEGO ROSSETTI

RESOLUCIÓN  Nº 150.-