Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 147/2022
Benito Juarez, 15/03/2022
Visto
lo actuado en Expte. Letra “S” Nº 14/15, en el cual a fs. 87 y 88 obran notas remitidas por el Director General de Servicios donde informa que el agente EZPELETA MANUEL JAVIER (L.P. 3245) no se ha presentado a trabajar, sin justificativo alguno, los días 6 y 21 de Diciembre del 2021; y
Considerando
según constancias a fs. 89 se ha garantizado al agente el derecho a defensa (conf. Art. 24 de la Ley 14656), sin que el mismo se haya expedido;
QUE el art. 53 del C.C.T.M. establece: “La inasistencia se tendrá por injustificada cuando: inc. d) El trabajador no diere aviso en el término indicado”;
QUE el art. 81 del C.C.T.M. referente a las obligaciones del trabajador, en inc. a) dispone: “Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal”;
QUE asimismo, el art. 54 del citado Convenio establece que: “La falta injustificada traerá aparejada la pérdida del derecho a retribuciones por el o los días que dure su ausencia, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que por igual motivo establece la normativa vigente, en razón del deber de diligencia y colaboración (…)”;
QUE a fojas 91 y 92 obra dictamen de la Asesora Legal de la Comuna, sugiriendo el dictado del pertinente acto administrativo para proceder a la suspensión de diez (10) días sin goce de haberes del agente en cuestión, más el descuento un día de ausencia injustificada (21 de Diciembre 2021) dado que el día 6/12/21 ya fue descontado;
QUE el Sr. Secretario de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
LA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA, en uso de sus facultades,
RESUELVE:
Artículo 1º.-Aplicar la sanción de “DIEZ DIAS DE SUSPENSIÓN” sin goce de haberes, al agente EZPELETA MANUEL JAVIER (L.P. 3245) de acuerdo a lo normado en el art. 83 inc. c) del C.C.T.M., y a lo actuado en el Expediente Letra “S” Nº 14/15.
Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Recursos Humanos a descontar de los haberes del agente EZPELETA MANUEL JAVIER (L.P. 3245), un (1) día de ausencia injustificada (21/12/2021), de acuerdo a lo actuado en el Expediente Letra “S” Nº 14/15.
Artículo 3º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.
Artículo 4º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
Artículo 5º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y Auditoría, cumplido, archívese.
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y
SERVICIOS PUBLICOS
ARQ. DIEGO ROSSETTI
INTENDENTA MUNICIPAL INTERINA
SRA. MARIA T. RICCI
RESOLUCIÓN Nº 147-