Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 85/2022
Benito Juarez, 09/02/2022
Visto
lo actuado en Expte. Letra “E” Nº 87/16, en el cual la Directora de Recursos Humanos Interina del Hospital Municipal “Eva Perón” Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout” (fs. 48) informa acerca de una queja efectuada por la ciudadana Silvia Romero, respecto del trato de la agente CABRERA ERICA (L.P. 5076) para con ella, al momento de ser atendida en la Sala de Primeros Auxilios de Barker el día 26 de Enero del corriente año; y
QUE a fs. 53 y 54 obra descargo presentado por la mencionada agente;
QUE el art. 81 inc. d) del Convenio Colectivo de Trabajo (CCTM) dispone: “Sin perjuicio de lo que particularmente impongan las leyes, ordenanzas, decretos, resoluciones y disposiciones, los trabajadores deben cumplir estricta e ineludiblemente las siguientes obligaciones: …d) Proceder con cortesía, diligencia y ecuanimidad en el trato con el público y llevar a cabo una conducta cooperativa y solidaria en el ámbito del trabajo. No incurrir en conductas discriminatorias hacia sus pares, sus superiores o inferiores jerárquicos, ni en ocasión de encontrarse cumpliendo funciones de atención al público, por razones o bajo pretexto de etnia, nacionalidad, color de piel, nacimiento, origen nacional, lengua, idioma o variedad lingüística, convicciones religiosas o filosóficas, ideología, opinión política o gremial, sexo, género y/o expresión, orientación sexual, edad, estado civil, situación familiar, responsabilidad familiar, trabajo u ocupación, aspecto físico, discapacidad , condición de salud, perfil genético, situación socioeconómica, condición social, hábitos personales, sociales o culturales, lugar de residencia, situación penal, antecedentes penales y/o cualquier otra condición o circunstancia personal, familiar o social, temporal o permanente”;
QUE se encuentra debidamente acreditado que la agente faltó el respeto al público, por lo que su conducta se encuentra prevista en el tipo infraccional del art. 84 inc. 3) del C.C.T.;
QUE a fs. 57 y 58 obra dictamen de Asesoría Legal, sugiriendo proceder a la aplicación de la sanción de Llamado de Atención a la agente Cabrera, conforme lo prevé el art. 83. I a) del C.C.T.M.;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar acto administrativo,
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades
RESUELVE:
Artículo 1º.-Aplicar la sanción de LLAMADO DE ATENCIÓN a la agente CABRERA ERICA (L.P. 5076), conforme lo prevé el art. 83. I a) del C.C.T.M. y de acuerdo a lo actuado en el Expediente Letra “E” Nº 87/16.
Artículo 2º.- Por la Dirección de Recursos Humanos del Ente, notifíquese.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Salud.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos del Ente, Secretarías de Gobierno, de Salud y Auditoría, cumplido, archívese.
SECRETARIA DE SALUD
D’ESPOSITO KARINA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 85.-