Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº821/2022

Decreto Nº 821/2022

Benito Juarez, 15/06/2022

Visto

a que el próximo 20 de Junio se celebra el Día de la Bandera en conmemoración a un nuevo aniversario del fallecimiento de su creador GENERAL MANUEL BELGRANO, para cuya recordación la MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ y el Colegio “Campos Verdes” han programado la realización del siguiente ACTO DE HOMENAJE, a desarrollarse el día Martes 21 de Junio a partir de las 10:30 horas, en la Plaza Independencia de nuestra localidad;

QUE resulta necesario establecer el PROGRAMA OFICIAL DE ACTOS;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo lº.-Establézcase  como ACTO OFICIAL del “DÍA DE LA BANDERA”, en conmemoración del fallecimiento de su creador  GRAL. MANUEL BELGRANO  el siguiente programa, a realizarse el día  21 de Junio de 2022, a partir de las 10:30 horas, en la Plaza Independencia de nuestra localidad:

  • Recepción de autoridades, padres y concurrentes,
  • Firma del Registro de Actos,
  • Ubicación de las Banderas de Ceremonias de los establecimientos educativos,
  • Lectura del Decreto Municipal,
  • Entonación de las Estrofas del Himno Nacional Argentino,
  • Palabras a cargo de la directora del Colegio “Campos Verdes” en referencia a la promesa de lealtad a la Bandera Nacional que realizarán los alumnos de 4º año,
  • Promesa de lealtad a la Bandera Nacional por alumnos de 4º año,
  • Ofrenda floral al creador de la Bandera Nacional, Manuel Belgrano, la cual será colocada en el monumento emplazado en la Estación Comunal de nuestra ciudad,
  • Entonación de la Marcha “A mi Bandera”,
  • Palabras de cierre a cargo de autoridades de la DIEGEP Región 21,
  • Retiro de las Banderas de Ceremonia de los establecimientos educativos presentes,
  • Desconcentración.                                                                                                                                                                       

Artículo 2º.-Invitase a la población a embanderar sus edificios.

Artículo 3º.-Autorizase a Contaduría a efectuar los gastos que demanden las actividades del artículo precedente.

Artículo 4º.- Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 5º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Consejo Escolar y Secretaría  de  Gobierno, cumplido, archívese.

SECRETARIO DE GOBIERNO

ING. SERGIO J. ACOSTA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 821.-