Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº820/2022

Decreto Nº 820/2022

Benito Juarez, 15/06/2022

Visto

lo actuado en el Expediente Letra “R”  Nº 118/2022, en el cual a fs. 2 obra nota del Director de Recaudación solicitando efectuar la devolución del tributo “Derecho de Cementerio” por la suma de pesos mil ochocientos ($ 1.800,00) (correspondiente al ejercicio 2022)  y mil doscientos ($ 1.200,00) (correspondiente al ejercicio 2021), los cuales fueron abonados dos veces de manera errónea por la Sra. Galli María Dominga; y

Considerando

que a fs. 6 a 12 obra documentación que respalda dicha solicitud;

QUE a fs. 13 obra nota del Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda;

QUE a fs. 14 la Contadora Municipal informa las partidas del gasto a las cuales imputar dicha devolución y que en el caso del pago de los mil doscientos pesos ($1.200,00) al haber culminado el ejercicio 2021 y no haber procedido a efectuar la devolución del tributo, debe considerarse que “las devoluciones correspondientes a sumas ingresadas en ejercicios vencidos serán imputadas a la partida que al efecto contenga el presupuesto vigente o a la que se le incorpore con financiación ajustada a los artículos 119 y/o 120 de la Ley Orgánica Municipal”, tal como lo determina el art. 135 del Reglamento de Contabilidad;

QUE asimismo, en lo que respecta al pago de la suma de pesos mil ochocientos ($ 1.800,00) que corresponde al presente ejercicio, los egresos que dieron origen se imputara a la pertinente cuenta del Cálculo de Recurso, tal como lo determina el art. 135 del Reglamento de Contabilidad;

QUE el art. 135 del Reglamento de Contabilidad dispone que: “Las devoluciones de impuestos serán resueltas por el Departamento Ejecutivo, previa justificación de su procedencia en Expediente especial”;

QUE el art. 1796 del Código Civil y Comercial dispone: “El pago es repetible, si: (…) b) paga quien... no lo está en los alcances en que paga, a menos que lo haga como tercero”;

QUE a fs. 15 obra despacho de la Asesora Legal de la Comuna, aduciendo que no se encuentran objeciones que formular para proseguir con el reintegro de la suma total de pesos tres mil ($ 3.000,00) a la Sra. Galli;

QUE el Secretario de Gobierno, dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1º.- Autorizase a Contaduría Municipal a realizar la devolución del Tributo de “Derecho de Cementerio”, abonado dos veces de forma errónea por la Sra. Galli María Dominga, por la suma total de pesos tres mil ($ 3.000,00), de acuerdo a lo dispuesto en el art. 135 del Reglamento de Contabilidad y a lo actuado en el Expte. “R” Nº 118/2022.

Artículo 2º.- El gasto deberá imputarse de acuerdo a lo informado a fs. 14 por la Contadora Municipal.

Artículo 3º.- Notifíquese.

Artículo 4º.- Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda.

Artículo 5º.-Comuníquese,  dése  al  R. O.  de  Decretos  y Resoluciones, tome nota Jefatura de Gabinete, Secretarías de Gobierno, de Hacienda,  Presupuesto, Tesorería, Dirección de Recaudación y Auditoría, cumplido archívese.

JEFE DE GABINETE

A/C DE SECRETARIA DE HACIENDA

SR. JORGE O. ISMAEL

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

 DECRETO Nº 820.-