Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 645/2022
Benito Juarez, 11/05/2022
Visto
lo actuado en el Expte. Letra “O” Nº 49/2019, en el cual a fs. 44 obra una presentación efectuada por el Sr. José Miguel Tello, en fecha 30 de Marzo próximo pasado, donde argumenta ser poseedor a título de dueño del inmueble identificado catastralmente como Circ. 1, Secc. D, Mza. 150 k, Parcelas 3 y 4; y
Considerando
que conforme Certificado de Inspección Nro. 5136 de fecha 29 de Marzo del año 2021, se inspecciona inmueble sito en Barrio Parque Muñoz, donde se realizaba una construcción de planchones, contiguo a la Plaza del barrio, quedando el cartel de la Plaza dentro de la construcción;
QUE en dicho certificado (fs. 45), se solicita paralizar la construcción, atento a que se estaba realizando sobre inmuebles pertenecientes al municipio, y se los cita a que se apersonen a la Oficina de Obras Publicas a regularizar la construcción;
QUE en respuesta a dicho acta, el Sr. Miguel Tello realiza presentación, manifestando que los inmuebles referenciados pertenecen a la Sucesión de Marcelo Tello, y que sus sucesores determinan venderlos a Juan Ignacio y José Oscar Larralde;
QUE acompaña a su presentación Convenio de Cesión de Derechos y Acciones Posesorias suscriptas por el presentante y por los Sres. Larralde, habiendo certificado sus firmas por ante la notaria Alejandra Tachella;
QUE de fs. 54 a 60, obra informe técnico emitido por el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, donde informa detalladamente los actos posesorios que ha realizado el municipio a lo largo de los años, sobre los inmueble referenciados, y de los cuales nadie se ha opuesto;
QUE asimismo, se informa que durante el año 2007, se realiza por parte del municipio, el relevamiento de la plaza, para luego colocar nuevos bancos y reacondicionar la cancha de futbol existente en el predio, junto a la plaza;
QUE a los hechos posesorios se suma el reconocimiento del árbol de gran porte al que los vecinos denominan el árbol de pimienta, parte vital de ese espacio público, dando a conocer el lugar como la Plaza de la Pimienta;
QUE en este sentido, en el año 1996, se trata por ante el H.C.D local donación de materiales a los fines del cercado de la plaza, lo cual es aprobado mediante Ordenanza Municipal Nro. 2661;
QUE en dichos inmuebles también se realizaban carreras de sortijas y otros deportes, denominado por los vecinos del barrio dicho campo de deportes con el nombre de “Dino Domínguez”;
QUE de fs. 55 a 58 se agregan a las presentes actuaciones fotografías de la plaza del barrio, como así también de la cancha de futbol construida sobre los terrenos que el presentante aduce de su propiedad;
QUE a fs. 59 se agrega una fotografía de la construcción de planchones en medio de la plaza, donde se observa que la construcción divide el cartel con el nombre de la misma de los juegos allí plantados;
QUE el presentante no ha hecho más que alegar su propiedad sin pruebas concretas de ello, como haber acompañado escritura o hechos que demuestren la posesión;
QUE ha acompañado a su presentación los correspondientes pagos de impuestos municipales, sin que ello acredite posesión alguna sobre los inmuebles;
QUE durante todo el tiempo que la municipalidad lleva en posesión de los inmuebles referenciados, la misma siempre ha sido pacífica e ininterrumpida, sin que nadie se haya presentado a reclamar la posesión de los mismos;.
QUE de fs. 61 a 63 obra dictamen de Asesoría Legal sugiriendo rechazar la presentación interpuesta por el Sr. José Miguel Tello y dar continuidad a las actuaciones administrativas de prescripción adquisitiva a favor del Municipio.;
QUE el Sr. Secretario de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.-Rechacese la presentación efectuada por el Sr. José Miguel Tello, en fecha 30 de Marzo del corriente año, obrante a fs. 44 del Expte. Letra “O” Nº 49/2019, de acuerdo a lo dictaminado por la Asesora Legal de la Comuna y a lo actuado en el Expte. de referencia.
Artículo 2°.-Por Asesoría Legal, notifíquese.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R.O. de Decretos y Resoluciones, tome nota, Secretaría de Gobierno, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Asesoría Legal y Auditoría, cumplido, archívese.
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y
SERVICIOS PUBLICOS
ARQ. DIEGO ROSSETTI
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 645.-