Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1925/17
General Villegas, 27/11/2017
Visto
El oficio librado por el Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la ciudad de Laboulaye, Provincia de Córdoba, en autos caratulados “Impulso S.R.L. c/Pérez, Mauro Alejandro y Otros s/P.V.E. Expte. Nº 2317461”, registrado como Expediente Nº 9282/17 Alcance 1, solicitando se trabe embargo sobre los haberes que percibe el agente Mauro David Reynoso, D.N.I. 31.336.320; y
Considerando
Que del libramiento del oficio surge que el embargo de los haberes que perciba el agente, es en concepto de capital adeudado por el porcentaje de ley (art. 1º decreto ley 484/87) hasta cubrir la suma de pesos $ 9.311,90 como monto único y las sumas retenidas deberán ser depositadas en la cuenta judicial abierta en el Banco de la Provincia de Córdoba S.A., sucursal Laboulaye Nº 30579800 CBU 0200345851000030579806.
Que a fojas 4 y 5, se agrega copia del informe de la Dirección de Recursos Humanos, donde se consignan los datos del agente y mediante expediente Nº 4167/17 Alc. 1 se dispuso embargo sobre los haberes del agente, deducidos los descuentos de ley, en autos caratulados “Pardo S.A. c/Reynoso, Mauro David s/Cobro Ejecutivo”, reteniéndose hasta la fecha la suma de $ 2.831,19; y una vez finalizado, correspondería trabar embargo por el 10% de los haberes que percibe el demandado hasta cubrir la suma de $ 9.311,90 como monto único.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 6, solicitando el acto administrativo que autorice a descontar mensualmente al agente un 10% de sus haberes hasta cubrir la suma de pesos nueve mil trescientos once con noventa centavos ($ 9.311,90) aclarando que el agente ya posee un embargo en autos caratulados “Pardo S.A. c/Reynoso, Mauro David s/Cobro Ejecutivo”.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 8.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos, a retener el 10 % de los haberes hasta cubrir la suma de pesos nueve mil trescientos once con noventa centavos ($ 9.311,90), del agente Mauro David Reynoso, DNI Nº 31.336.320, Legajo Personal Nº 2808, 11 módulos, 30 horas semanales, agente transitorio jornalizado, Jurisdicción 1110108000, Categoría Programática 56.02.00, conforme el oficio librado por el Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la ciudad de Laboulaye, Provincia de Córdoba, en autos caratulados “Impulso S.R.L. c/Pérez, Mauro Alejandro y Otros s/P.V.E. Expte. Nº 2317461”, registrado como Expediente Nº 9282/17 Alcance 1.
ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Artículo Primero, en la cuenta judicial Nº 30579800, CBU Nº 0200345851000030579806 del Banco de la Provincia de Córdoba S.A., Sucursal Laboulaye.
ARTÍCULO TERCERO: La retención del embargo deberá ingresar a la siguiente cuenta para su posterior transferencia:
74003 - EMBARGOS
ARTÍCULO CUARTO: Remítase copia al Juzgado interviniente.
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.