Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1909/17
General Villegas, 22/11/2017
Visto
El Expediente Nº 12598/17, iniciado por la Contadora Municipal, solicitando se autorice la emisión del 1º Anticipo del año 2018 de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Área Complementaria”, “Fondo Solidario para la Obra Pública”, “Zona Residencial Extraurbana”, “Zona de Edificación Necesaria” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, adjuntado detalle con los respectivos montos y fechas de vencimiento; y
Considerando
Que los Capítulos I, XVI y XVII de la Ordenanza Tributaria Nº 5776, Ordenanza Nº 4683 y los Títulos XIV y XXX y el Artículo 365 a) de la Ordenanza Fiscal vigente, disponen lo solicitado por la Contaduría.
Que el Artículo 69 de la Ordenanza Tributaria vigente autoriza la emisión de anticipos a cuenta de las tasas fijadas.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Establécese la emisión del 1º Anticipo del año 2018 en concepto de las Tasas que se consignan y con los vencimientos que se detallan a continuación:
1º Anticipo año 2018
- “TASA POR ALUMBRADO, LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA”
- “FONDO SOLIDARIO PARA LA OBRA PÚBLICA”
- “TASA DE SEGURIDAD Y DEFENSA CIVIL”
FECHAS DE VENCIMIENTO
1er vencimiento: 11 de enero de 2018
2do vencimiento: 7 de febrero de 2018
Interés Aplicable: 1,75%
ARTÍCULO SEGUNDO: Establécense los importes que se mencionan para las Tasas que se detallan:
ALUMBRADO PÚBLICO
Ciudad Cabecera Localidades del Partido
Sector 1 $ 4,68 Sector 1 $ 2,33
Sector 2 $ 18,96 Sector 2 $ 9,47
Sector 3 $ 18,96 Sector 3 $ 9,47
Sector 4 $ 14,17 Sector 4 $ 7,08
Sector 5 $ 9,45 Sector 5 $ 4,72
Ciudad Cabecera (Importes por metro de frente computables)
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Sector 1 |
Sector 2 |
Sector 3 |
Sector 4 |
Sector 5 |
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LIMPIEZA Y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS |
$ 7,53 |
$ 7,53 |
$ 5,62 |
$ 3,67 |
$ 3,67 |
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BARRIDO |
$ 7,53 |
$ 7,53 |
$ 5,62 |
$ 3,67 |
$ 3,67 |
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RIEGO |
$ 7,53 |
$ 7,53 |
$ 5,62 |
$ 3,67 |
$ 3,67 |
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CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA |
$ 7,53 |
$ 7,53 |
$ 5,62 |
$ 3,67 |
$ 3,67 |
Pueblos del Partido (Importes por metro de frente computables)
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Sector 1 |
Sector 2 |
Sector 3 |
Sector 4 |
Sector 5 |
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LIMPIEZA Y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS |
$ 3,77 |
$ 3,77 |
$ 2,82 |
$ 1,83 |
$ 1,83 |
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BARRIDO |
$ 3,77 |
$ 3,77 |
$ 2,82 |
$ 1,83 |
$ 1,83 |
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RIEGO |
$ 3,77 |
$ 3,77 |
$ 2,82 |
$ 1,83 |
$ 1,83 |
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CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA |
$ 3,77 |
$ 3,77 |
$ 2,82 |
$ 1,83 |
$ 1,83 |
TASA DE SEGURIDAD Y DEFENSA CIVIL $ 15,77
FONDO SOLIDARIO PARA LA OBRA PÚBLICA
Sector 1 (Importe fijo) $ 98,87
Sector 2 (Importe fijo) $ 98,87
Sector 3 (Importe fijo) $ 74,13
Sector 4 (Importe fijo) $ 42,56
Sector 5 (Importe fijo) $ 32,95
ARTÍCULO TERCERO: Exceptúese del pago del “Fondo Solidario para la Obra Pública” y de los servicios de conservación de calles, limpieza, recolección de residuos, barrido y riego a los contribuyentes de las localidades de Santa Eleodora, Villa Saboya, Villa Sauze y Santa Regina.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, publíquese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Hacienda y Finanzas, Contaduría, Tesorería, División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Procesamiento de la Recaudación, Delegaciones Municipales, Entidades Bancarias y Cámara de Comercio e Industria del Partido de General Villegas; cúmplase y archívese.