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Ordenanza Nº6079

Ordenanza Nº 6079

Baradero, 07/09/2021

Ordenanza N° 6079 del 07 de septiembre de 2021 y promulgada el 08 de septiembre de 2021.

Visto la necesidad de reafectación de fondos aprobada por Ordenanza N° 4844, Art. 6° y;

Considerando que en el año 2013 el HCD autorizó mediante Ordenanza N° 4844 la venta de una fracción de terreno ubicado en la zona costera, para la instalación de un puerto deportivo denominado “Club de Yates”,

Que finalmente la venta se concretó mediante Licitación Pública N° 1/13 en la suma de pesos ochocientos veinticuatro mil ($ 824.000.-);

Que la Ordenanza antes citada establecía que los fondos obtenidos por la venta debían aplicarse a los siguientes destinos: 50 % a la realización de mejoras en el camino costero (zona Puerto local a Tiro Federal) y el 50 % restante a la construcción de un puerto de amarre para transbordador;

Que hasta la fecha solo se imputó a ese recurso un gasto de pesos diecinueve mil trescientos sesenta ($ 19.360.-) en traslado de tosca utilizada en el camino nombrado, ya que todos los gastos ocasionados por el mantenimiento del mismo fueron cubiertos con otros recursos, y el puerto de amarre no pudo concretarse por las sucesivas inundaciones y luego por falta de mayores recursos;

Que con el transcurso del tiempo ese dinero ya no alcanza para la realización de grandes obras;

Que es necesario revalorizar la zona del puerto, mostrándolo como un atractivo turístico y a su vez crear un espacio permanente donde los pequeños emprendedores y productores locales puedan mostrar y comercializar sus productos;

Que por los motivos antes expuestos se solicita la autorización para utilizar el saldo de pesos ochocientos cuatro mil seiscientos cuarenta ($ 804.640.-) afectados por la Ordenanza 4844/2013, a la concreción del Proyecto “Mercado Raíz”;

Que el reglamento de Contabilidad y Disposiciones de administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, establece:

“Art. 93°: Para desafectar los saldos disponibles en cuentas especiales o para cambiar el destino de los mismos, se requiere, cuando los fondos sean de origen municipal, una Ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante. Si fueran de otro origen deberá obtenerse la autorización que corresponde”;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de Ley la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorícese la reafectación de recursos por el saldo de pesos ochocientos cuatro mil seiscientos cuarenta ($ 804.640.-) afectados por el Art. 6° de la Ordenanza N° 4844/2013, a la concreción del Proyecto denominado “Mercado Raíz”, de acuerdo al Art. 93 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires. La mencionada modificación se realiza de acuerdo a la siguiente imputación de gastos:

Jurisd:

1110109000 -82 - 0 – 0 - 131 - 2 - 3 - 4 - 0 - $ 305.-

1110109000 -82 - 0 - 0 - 131 - 2 - 5 - 5 - 0 - $ 14.310.-

1110109000 -82 - 0 - 0 - 131 - 2 - 7 - 5 - 0 - $ 1.860.-

1110109000 -82 - 0 - 0 - 131 - 2 - 7 - 9 - 0 - $ 2.282.-

1110109000 -82 - 0 - 0 - 131 - 2 - 9 - 3 - 0 - $ 466.595.-

1110109000 -82 - 0 - 0 - 131 - 3 - 5 - 3 - 0 - $ 74.400.-

1110109000 -82 - 0 - 0 - 131 - 3 - 9 - 9 - 0 - $ 185.000.-

1110109000 -82 - 0 - 0 - 131 - 4 - 3 - 7 - 0 - $ 59.888.-

 

Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 07 de septiembre de 2021.

FDO: Rodolfo Lacabanne, PTE. HCD y Sr. Carlos A. Olmos, Secretario de HCD.

 

BARADERO, 08 de septiembre de 2021.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese la presente Ordenanza registrada bajo el N° 6079.

FDO: Sr. Esteban D. Sanzio, Intendente Municipal y Lic. Rodrigo García Otero, Secretario de Hacienda y Finanzas Públicas Interino.