Boletines/General Pueyrredon
Ordenanza Nº 25504
General Pueyrredon, 10/06/2022
ORDENANZA
Expediente D.E.: 11189-5-2021
Expediente H.C.D.: 2161-D-22
Nº de registro: O-19563
Fecha de sanción: 26/05/2022
Fecha de promulgación: 10/06/2022
Decreto de promulgación: 1323-22
ORDENANZA Nº 25504
Artículo 1º.- Convalídase el Decreto 333/21 dictado por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante por el cual se convalidó el convenio suscripto entre el Ente Municipal de Turismo – EMTUR – y la Cámara Empresaria de Balnearios, Restaurantes y Afines – CEBRA , de fecha 29-10-21.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-
Pérez Sánchez Herrero
Martin Montenegro
Decreto nº 333
Mar del Plata, 16 de diciembre de 2021.
VISTO:
El Expte. 2161-D-2021 por el que se propicia la convalidación de un Convenio suscripto entre el EMTUR y la Cámara Empresaria de Balnearios, Restaurantes y Afines de fecha 29 de octubre de 2021 y;
CONSIDERANDO:
Que el convenio referido ha sido generado con el objetivo de aumentar y optimizar los espacios de arena para uso público y en las distintas unidades turísticas fiscales de la ciudad de Mar del Plata y alentar el cumplimiento del distanciamiento social, en el marco del COVID -19.
Que las acciones previstas en dicho convenio establecen el compromiso de los concesionarios de reducir el número de unidades de sombra de cada unidad que fuera autorizado en cada uno de los pliegos de bases y condiciones de modo tal de obtener mayor espacio de arena para el uso público de residentes y turistas.
Que se acuerda además el anticipo de obras que fortalezcan las áreas de servicios públicos en la zona de La Perla y la previsión de gestionar un permiso precario de uso y explotación de la Playa Constitución, a fin de dotar de servicios a una zona que se encuentra en desarrollo.
Que la Comisión de Labor Deliberativa ha prestado acuerdo al dictado del presente acto administrativo.
Por ello, y ad referéndum del H. Cuerpo, LA PRESIDENTA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Convalídase el convenio que fuera suscripto entre el Ente Municipal de Turismo - EMTUR y la Cámara Empresaria de Balnearios, Restaurantes y Afines - CEBRA, que como Anexo I forma parte del presente.
Artículo 2º.- El presente Decreto se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-