Boletines/Vicente López
Resolución Nº 1222/22
Vicente López, 22/08/2022
Visto
El Expediente 4119-1909/2022
Considerando
El Articulo 10 de Ia Ordenanza Fiscal No 26.387 y sus modificatorias, el cual establece quienes están obligados a abonar los tributos municipales;
Que el ArtIculo 11° del mismo cuerpo normativo enumera quienes son contribuyentes y demás responsables, como asi también expresa que ningún contribuyente se considerará exento de obligación fiscal alguna, sino en virtud de disposiciones expresas y luego de haber sido concedidas excepto las eximiciones objetivas reconocidas en Ia Ordenanza Fiscal vigente;
Que Ia normativa citada en su articulo 22° faculta al Municipio con el objeto de asegurar Ia verificación del exacto cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, a través de sus Secretarias, podrá verificar, fiscalizar, determinar y recaudar los recursos tributarios, legislados en Ia normativa vigente;
Que de acuerdo con lo establecido en el Articulo 40° de Ia Ordenanza Fiscal vigente, el Departamento Ejecutivo está facultado a emitir resoluciones relativas a Ia recaudacion;
Que de fs.3 a 1977 del expediente de Ia referencia se agregan los listados correspondientes a los contribuyentes que serán destinatarios de las boletas de deuda, por un monto histórico total de $242.152.866 (Doscientos cuarenta y dos millones ciento cincuenta y dos mil ochocientos sesenta y seis);
Que los mencionados listados contienen como dato: número de cuenta corriente municipal, nombre del titular, domicilio postal, año reclamado, periodo, tasa, totales parciales, total general por cuenta y total general;
Que Ia Subdireccion Coordinacion de Gestión de Cobranzas, a fs.108 sugiere el dictado del correspondiente acto administrativo que habilite a intimar las deudas de los contribuyentes detallados en el listado adjunto, que adeudan periodos hasta el 03/05/2022 (fecha de proceso) por los períodos 2018, incluyendo períodos hasta el 2021 de los Tributos Patente de Rodados (Moto vehículos y Automotores) a los cuales se les envió boleta de deuda con vencimiento 21/06/2022;
Que en atención a las consideraciones de hecho y derecho que he formulado, en uso de las facultades delegadas mediante Decretos 08/2016, 870/17 en mi carácter de Secretario de Ingresos Públicos;
RESUELVO:
Art. 1°: PROCEDER A INTIMAR mediante boleta de pago a los contribuyentes cuyas cuentas corrientes se encuentran detalladas en los listados adjuntos en el expediente de Ia referencia a tales efectos por un monto histórico total de $242.152.866 (Doscientos cuarenta y dos millones ciento cincuenta y dos mil ochocientos sesenta y seis).
Art. 2°: HABILITAR a emitir edictos judiciales una vez transcurridos los operativos de intimación que se desarrollen durante el ejercicio 2022 una vez operada Ia fecha de vencimiento establecidas en las boletas de pago, cuando sea considerado pertinente y teniendo en cuenta el sentido de oportunidad y economia procesal.
Art. 3°: TOMAR conocimiento Ia Secretarla de Ingresos Públicos (Dirección General de Fiscalización Tributaria y Cobranzas, Dirección General de Coordinación y Atención al Contribuyente y Subdirección de Gestión de Cobranzas); Ia Secretaría de Hacienda y Finanzas, y Secretaria de Gobierno Legal y Técnica.
Art. 4°: DAR al Registro Municipal de Resoluciones, cumplir, hacer saber y archivar oportunamente.
Fdo: Antonietti
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