Boletines/General La Madrid

Decreto Nº946

Decreto Nº 946

General La Madrid, 08/07/2022

Visto

              El expte. 4043-0453/22 mediante el cual tramita el pedido del ex agente Segura Marisa Mercedes, DNI 16.180.924 a fin de que se le otorgue el beneficio de una retribución especial equivalente a seis (6) sueldos; y,

Considerando

Que mediante Decreto 889/22 de fecha 24 de Junio de 2022 se ha procedido a aceptar la renuncia del ex agente Segura Marisa Mercedes.

                Que a fs. 4 se certifica que el ex agente contaba al momento de la solicitud de cese con 35 años, 8 mes de servicio en jurisdicción municipal.

                Que por disposición de la Ley 13355, es de aplicación lo dispuesto por el artículo 1º el que textualmente reza: “…ARTÍCULO 1.- Establécese para el Personal de la Administración Pública Provincial, comprendido en los regímenes de las Leyes 10328, 10384, 10430, 10579 y 12268 y sus modificatorias una retribución sin cargo de reintegro equivalente a seis (6) sueldos básicos más antigüedad,  sin ningún tipo de descuentos la que será otorgada a partir del cese del agente cuando éste no tenga carácter de sanción disciplinaria..…”.

                Que se ha dado el pase pertinente a la Contaduría Municipal (Art. 187, LOM.)

 

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE GENERAL LA MADRID, EN USO DE LAS FACULTADES OTORGADAS POR LA LEY.

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°: Dispóngase el pago a la ex agente Segura Marisa Mercedes, DNI 16.180.924 de una retribución especial de PESOS CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS SIETE CON 72/100 ($428.307,72), sin cargo de reintegro equivalente a seis (6) mensualidades del básico de la categoría que revestía al momento del cese más antigüedad según art. 1 de la ley Nº13355. -

ARTÍCULO 2º: La partida para hacer frente a la erogación dispuesta en el artículo 1º es la siguiente: JURISDICCIÓN: Secretaria de Hacienda; Fuente de Financiamiento: 110 – 01.00.00 Admi. Control y Gestión de la Secretaria - 1.6.0.0. Beneficios y Compensaciones. -

ARTÍCULO 3º: Autorícese a Contaduría Municipal a abonar la retribución dispuesta en el artículo 1º. -

ARTÍCULO 4°: Comuníquese a la Contaduría Municipal a sus efectos. -

ARTICULO 5: Comuníquese, publíquese, regístrese, cumplido, archívese. -