Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº1794/22

Decreto Nº 1794/22

General Pueyrredon, 04/08/2022

Visto

lo tramitado mediante Expediente N° 424 – P - 2022, y

Considerando

Que mediante Decreto Nº 1278/22 se tramitó el traslado del agente CIPRIOTTI, GONZALO EZEQUIEL – Legajo Nº 27253/2 desde el Departamento Legajos de la Dirección de Personal dependiente de la Administración Central al Departamento Servicios Generales del EMSUR.-

                                                                                   

Que en dicho Decreto se omitió consignar la asignación de vacante para el agente CIPRIOTTI, GONZALO EZEQUIEL en el cargo  TECNICO IV (C.F. 4-18-67-01) módulo 40 horas semanales en el Departamento Servicios Generales, siendo necesario establecer economía para el traslado mencionado anteriormente.-

 

Que a fs. 03, mediante factibilidad presupuestaria desde la Contaduría del Ente Municipal de Servicios Urbanos se le asignó al agente CIPRIOTTI Nº de Orden S 0499.-

                    

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

   

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

                                                        D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase, el artículo 1º del Decreto Nº 1278/22 el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

ARTICULO 1º.- Dáse de alta, a partir del 8 de junio de 2022, al agente GONZALO EZEQUIEL CIPRIOTTI (Legajo Nº 27.253/2 – CUIL 20-30009172-6), como TECNICO IV (C.F. 4-18-67-01 – 40 hs. semanales – Nº de Orden S 0499), en el DEPARTAMENTO SERVICIOS GENERALES dependiente del Ente Municipal de Servicios Urbanos (U.E. 01-15-0-0-0-00), dándosele de baja del cargo de TECNICO IV (C.F. 4-18-67-01 – 40 hs. semanales – Nº de Orden 5534 – Legajo Nº 27253/1 – U.E. 02-18-2-1-3-01), dándosele por finalizado el pago de las Bonificaciones que viene percibiendo. Quien se encuentra con reducción horaria, cumpliendo 35 hs. semanales hasta el 30 de noviembre de 2022, inclusive, otorgada mediante Resolución Nº 0348/22, la cual continuará en el Ente Municipal de Servicios Urbanos (U.E. 01-15-0-0-0-00).

 

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del Ente Municipal de Servicios Urbanos.-

 

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR e intervenga la Contaduría de dicho Ente.-

Mfg/

Dl/

            D´ANDREA                         BONIFATTI               MONTENEGRO