Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 1500/22
General Pueyrredon, 12/08/2022
Visto
la Ordenanza 20760 Capítulo IV del Escalafón Docente y VI de los Concursos, y
Considerando
Que es necesario prever la cobertura de cargos de Jefe de Taller en las Escuelas de la Modalidad Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional, dependientes de la Dirección de Educación de la Secretaría de Educación de la Municipalidad de General Pueyrredon.
Que, en consecuencia, es conveniente llamar a concurso interno de oposición y antecedentes de cargos de Jefe de Taller en las Escuelas de la Modalidad Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional, dependientes de la Dirección de Educación de la Secretaría de Educación de la Municipalidad de Gral. Pueyrredon.
Que es imprescindible establecer el reglamento del concurso interno a los efectos de fijar las normas de trabajo y el perfil del cargo.
Por ello, en uso de sus atribuciones delegadas por Decreto Nº 916/20
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Llamar a Concurso Interno de Oposición y Antecedentes para cubrir cargos de Jefe de Taller en las Escuelas de la Modalidad Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional, titulares, interinos y / o suplentes, dependientes de la Dirección de Educación de la Secretaría de Educación de la Municipalidad de Gral. Pueyrredon.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Reglamento que regirá para el llamado a Concurso Interno indicado en el Artículo 1°, como ANEXO I, que consta en la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el perfil del cargo de Jefe de Taller en las Escuelas de la Modalidad Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional que se adjunta como ANEXO II, que consta en la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Secretaría de Educación.
REGISTRADO Nº 1500 PUGLISI
ANEXO I
REGLAMENTO DEL CONCURSO INTERNO DE OPOSICIÓN Y ANTECEDENTES PARA COBERTURA DE CARGOS DE JEFE DE TALLER EN LAS ESCUELAS DE LA MODALIDAD EDUCACIÓN PERMANENTE DE JÓVENES, ADULTOS, ADULTOS MAYORES Y FORMACIÓN PROFESIONAL, TITULARES, INTERINOS O SUPLENTES, DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON.
CAPÍTULO I
DEL PERÍODO DE INFORMACIÓN E INSCRIPCIÓN
I.1- La publicación del llamado a CONCURSO INTERNO DE OPOSICIÓN Y ANTECEDENTES PARA COBERTURA DE CARGOS DE JEFE DE TALLER EN LAS ESCUELAS DE LA MODALIDAD EDUCACIÓN PERMANENTE DE JÓVENES, ADULTOS, ADULTOS MAYORES Y FORMACIÓN PROFESIONAL, TITULARES, INTERINOS O SUPLENTES, DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON, se realizará desde las 09 horas del día 11 y hasta las 15:00 horas del día 12 de agosto de 2022.
I.2. Las Declaraciones Juradas serán cumplimentadas solamente en el formulario ad hoc que se encontrará disponible en la página web al momento de inscripción www.mardelplata.gob.ar/educacion. El aspirante confeccionará su planilla, verificará los datos que ha consignado, siendo esta verificación de absoluta responsabilidad del aspirante. Imprimirá la planilla cumplimentada, único comprobante válido como constancia de inscripción.
I.3. Ante cualquier dificultad causada por el servidor o el formulario de inscripción durante el período de inscripción Web deberán comunicarse con el Tribunal de Clasificación a las siguientes casillas de correo electrónico:
Modalidad Formación Profesional: tcd_fp@mardelplata.gov.ar
I.4. Al ingresar a la página Web y antes de completar la Declaración Jurada, los aspirantes deberán notificarse obligatoriamente del Reglamento de Convocatoria, manifestando con ello la total aceptación de todas sus pautas, no dando lugar a reclamos posteriores o vías de excepción.
I.5. Los interesados en esta convocatoria deberán consultar previo a su inscripción, los requisitos expresados en este reglamento. Deberán abstenerse aquellos docentes que no cumplan con los requisitos establecidos.
I.6. La inscripción no dará lugar a la habilitación para acceder al concurso. El Tribunal de Clasificación será en encargado de analizar la documentación y verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos, quedando de esta manera efectivizada la inscripción, por lo menos, diez (10) días hábiles previos a la iniciación de la prueba escrita. Los listados de los aspirantes habilitados para participar de las instancias de concurso serán publicados en la página web: www.mardelplata.gob.ar/educación.
I.7. Los requisitos (edad, títulos habilitantes y antigüedad docente) serán considerados a la fecha de cierre del período de inscripción virtual al presente concurso.
I.8. Se considerarán como antecedentes los títulos bonificantes, cursos, concursos, publicaciones, comisiones y carreras en curso emitidos hasta la fecha de cierre del período de inscripción virtual al presente concurso.
I.9. Es responsabilidad de cada docente que la documentación obrante en su legajo esté completa.
I.10. Los docentes podrán declarar documentación para su valoración en el mismo momento de la inscripción, completando el formulario habilitado a tal efecto, el cual tiene carácter de declaración jurada. Los antecedentes allí enunciados serán presentados al Tribunal de Clasificación Docente o a la División Legajos (según corresponda), el día y horario del turno asignado. Dicha documentación podrá ser presentada por un apoderado/representante quien deberá presentarse munido del formulario completo correspondiente. Toda la documentación presentada deberá coincidir con la registrada en la inscripción virtual. La falta de presentación de la documentación que voluntariamente fue declarada por el docente será motivo de anulación de la inscripción. La inscripción finaliza una vez que se haya presentado la documentación correspondiente en la fecha y horarios asignados por turno.
I.11. Para los aspirantes que no presenten nueva documentación, la inscripción será ratificada automáticamente por el sistema, no siendo necesaria su concurrencia (en estos casos el programa no permitirá la obtención de turno)
CAPÍTULO II
DE LOS ASPIRANTES
II.1- Podrán presentarse a Concurso todos aquellos docentes titulares de la Modalidad Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional que reúnan los requisitos establecidos de acuerdo al Artículo 63 de la Ordenanza 20760/12 y sus modificatorias:
II 2- La inscripción quedará efectivizada una vez que el Tribunal de Clasificación analice la documentación, verifique el cumplimiento de los requisitos solicitados y sea publicado el listado de habilitados.
CAPÍTULO III
DE LAS PRUEBAS
III.1- Las instancias de oposición consistirán en:
1º Una prueba escrita referida al quehacer del rol de Jefe de Taller de Escuelas de Formación Profesional, que deberá resolver en base a un enfoque de carácter teórico práctico.
2° Una instancia oral individual basada en el quehacer del Jefe de Taller de las Escuelas de Formación Profesional, extraída 15 (quince) minutos antes de presentarse ante los integrantes del Jurado.
3° Presentación y Defensa Oral de un Proyecto de Gestión del área de trabajo del Jefe de Taller en las Escuelas de Formación Profesional considerando las diferentes dimensiones de su incumbencia.
III.2 La prueba escrita se realizará en fecha y lugar que será informado al momento de la publicación del listado de aspirantes habilitados. A partir de las 8:00 horas de ese día comenzará la acreditación de los participantes y éstos podrán ingresar al establecimiento hasta las 8:30 horas indefectiblemente, munidos de documentación que acredite su identidad. Para rendir la prueba los concursantes dispondrán de dos (2) horas reloj a partir del conocimiento de la misma y se realizará en hojas previamente selladas y firmadas con lapicera azul o negra, en la parte superior, por los miembros del Jurado. Se escribirá, únicamente, con lapicera de tinta azul o negra, sin otros colores identificatorios. La prueba escrita será eliminatoria para quienes no alcanzaren los siete (7) puntos, pudiendo acceder a la instancia oral solamente los aspirantes que hayan aprobado la instancia escrita.
III.3 A los efectos de no identificar a los concursantes, éstos no firmarán la prueba ni pondrán su nombre y apellido, deberán consignar en cada hoja un número que obtendrán por sorteo. Las pruebas que no reúnan estos requisitos serán desestimadas. Esta identificación será escrita previamente en una ficha agregando en la misma su nombre y apellido, firma y número de documento. Esta ficha será colocada en un sobre cerrado que luego será colocado en un sobre mayor que quedará cerrado, firmando en conformidad dos (2) docentes participantes y los miembros del jurado. El sobre será abierto, ante la presencia de los docentes concursantes una vez que se hayan publicado los resultados obtenidos por todos los concursantes que participaron en la instancia escrita.
III.4 No se atenderán reclamos por olvidos de números identificatorios debiendo esperar a la apertura de sobres y la exposición del listado de docentes de cada una de las instancias en que se emplee esta metodología.
La omisión del número de concursante en la prueba será motivo de eliminación automática del participante del concurso.
III.5 Una vez publicados los resultados de la prueba escrita se procederá a la identificación de los concursantes. Simultáneamente con la publicación de los resultados de esta instancia se dará a conocer: fecha, lugar y horario de realización de la segunda instancia, la que consistirá en una prueba oral individual, en la que el concursante deberá resolver una problemática referida al quehacer del Jefe de Taller en las Escuelas de la Modalidad Educación Permanente de jóvenes, adultos, adultos mayores y Formación Profesional, extraída quince (15) minutos antes de iniciar su exposición.
III.6 Una vez evaluada la instancia oral, los concursantes se darán por notificados de los resultados a través de la publicación en el sitio web de la Secretaría de Educación de la Municipalidad de General Pueyrredon, donde también se comunicará día, horario y lugar de entrega del Proyecto de Gestión referido al quehacer del Jefe de Taller en Escuelas de Formación Profesional. El proyecto no deberá tener datos identificatorios y será presentado respetando las siguientes pautas: en hoja A4, arial 11 interlineado 1,5, con texto justificado, márgenes arriba 3, abajo 2, izquierdo 3, derecho 2. La bibliografía deberá citarse bajo Normas APA. Las hojas del proyecto deberán estar foliadas y no podrán superar las 20 carillas sin contar la portada. El proyecto será entregado en un sobre que será provisto por la Secretaría de Educación Municipal, al que se le asignará un número mediante sorteo. Esta identificación será escrita previamente en una ficha, en la cual se incorporarán, además, nombre y apellido, firma y número de documento de identidad del postulante. La citada ficha será colocada en un sobre, el que deberá ser cerrado. Los sobres presentados serán contados por dos (2) participantes del Concurso y luego introducidos en un sobre mayor, el que será cerrado y firmado por dos concursantes y los miembros del Jurado. Los concursantes firmantes deberán presentarse al momento de la apertura del sobre.
III.7 Luego de la lectura de los proyectos escritos se comunicará la fecha de la defensa oral. Ese día se procederá a la identificación de los autores de cada uno de los proyectos. El Jurado evaluará el mismo de acuerdo a los criterios que se desprenden del perfil del Jefe de Taller (Anexo II) y que son comunes a todas las instancias. La calificación correspondiente a la tercera instancia será el resultado de la evaluación del proyecto escrito y su defensa oral.
III.8 Los concursantes se notificarán de los resultados obtenidos en la tercera instancia de presentación de proyecto a través de la publicación efectuada en el sitio web de la MGP www.mardelplata.gov.ar/educación.
III.9 Cada una de las instancias evaluativas tendrá carácter eliminatorio para quienes no alcanzaren, como mínimo, siete (7) puntos. El Jurado evaluará cada una de acuerdo a los criterios que se desprenden del perfil del cargo de Jefe de Taller en Escuelas de la Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional.
III.10 Las instancias evaluativas previstas en este Concurso serán calificadas de cero (0) a diez (10) puntos. La calificación será expresada en forma individual por cada uno de los miembros del Jurado, promediándolas entre sí, pudiéndose utilizar centésimos, si el caso lo requiriese. En las Actas respectivas se hará constar la nota promedio otorgada a cada concursante y el número de pruebas calificadas.
III.11 La valoración de los antecedentes de los postulantes estará a cargo del Tribunal de Clasificación y se realizará teniendo en cuenta las pautas contenidas en el Instrumento de Clasificación en vigencia, Decreto 1285/12 2197/12 que reglamentan el Artículo 55 de la Ordenanza 20760/12. Dichos antecedentes serán solicitados por el jurado una vez finalizadas las instancias de oposición.
III.12 La valoración de los antecedentes de los postulantes será expuesta en el sitio web de la Municipalidad de Gral. Pueyrredon www.mardelplata.gov.ar/educación, dentro del plazo de dos (2) días hábiles; a partir de tal publicación los concursantes podrán interponer los reclamos que consideren pertinentes, a través de nota dirigida al Tribunal de Clasificación Docente, la que deberá enviarse vía mail al Tribunal de la Modalidad Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional del Sistema Educativo Municipal. Superado dicho lapso se perderá todo derecho a reclamo en relación a este punto.
III.13 El puntaje de los antecedentes será convertido por el Jurado a un valor correspondiente a la escala decimal de entre siete (7) y diez (10) puntos, mediante interpolación lineal, estableciendo la siguiente correspondencia:
- 7 puntos con el puntaje mínimo exigible como requisito de inscripción en el concurso según informe del Tribunal de Clasificación Docente.
- 10 puntos con el puntaje máximo asignado por el Tribunal de Clasificación Docente.
III.14 Los resultados finales del Concurso surgirán del promedio de las cuatro (4) instancias, (los resultados de las tres (3) instancias de oposición y el puntaje de la instancia de antecedentes).
En caso de empate, se tendrá en cuenta, para definir el orden de mérito final:
- 1º Mayor promedio obtenido en las tres (3) instancias de oposición.
- 2º Mayor puntaje en el ítem 1 “Títulos” del Instrumento de Clasificación utilizado por el Tribunal de Clasificación Docente, considerando el título habilitante que otorga el mayor puntaje.
- 3º Mayor antigüedad de desempeño como docente municipal en la Modalidad Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional del Sistema Educativo Municipal.
III.15 Finalizadas todas las instancias y una vez expuesto el orden de mérito final, durante los tres (3) días hábiles siguientes, los postulantes podrán realizar los planteos que estimen pertinentes, en el marco de las instancias de oposición del concurso, mediante nota dirigida al Jurado, la que deberá ingresar por Mesa de Entradas de la Secretaría de Educación de la Municipalidad de General Pueyrredon. No se tomarán en cuenta las notas que no respeten esta indicación.
III.16 La notificación de los resultados de las diferentes instancias de evaluación, como así también otras informaciones referentes al concurso se tendrán por efectivamente realizadas mediante la sola exhibición en el sitio web www.mardelplata.gov.ar/educacion
CAPÍTULO IV
DE LA VALIDEZ DEL CONCURSO
IV.1- El orden de mérito obtenido en el Concurso tendrá una validez de cinco (5) ciclos lectivos consecutivos, lapso que se computará a partir de la aplicación del acto administrativo pertinente.
CAPITULO V
DE LA TITULARIDAD
V.1 Los ascensos para cubrir cargos titulares no requerirán período de provisionalidad (Ordenanza 25041 /21). Los docentes que acepten el cargo ofrecido en la Asamblea y realicen la toma de posesión correspondiente, serán titularizados automáticamente dándosele de baja del cargo/ horas cátedra por las cuales accede al ascenso de jerarquía.
V.2 El concursante que no acepte el cargo ofrecido para acceder a la titularidad mantendrá el orden de mérito obtenido por concurso.
V.3 El concursante que aceptara el cargo y no lo ejerciera o renunciara al mismo, perderá todo derecho de reintegrarse al cargo/ horas cátedra por las cuales accedió al ascenso de jerarquía, siendo excluido además del listado de orden de mérito del concurso.
CAPITULO VI
DE LOS INTERINATOS Y SUPLENCIAS
VI.1- Las coberturas de interinatos y suplencias que surjan dentro del período de validez del Concurso se realizarán teniendo en cuenta el orden de mérito obtenido por los aspirantes que aprobaron el mismo.
VI.2- Los aspirantes a interinatos y suplencias que no acepten las propuestas de designación que se les efectivizaren, mantendrán el orden de mérito obtenido.
VI.3- Los aspirantes a interinatos y suplencias que acepten el cargo ofrecido, lleguen o no a desempeñarse en el mismo, y luego desistan de tal decisión, perderán el orden de mérito obtenido, pasando al último lugar del listado durante el resto del año en que se produjo la propuesta.
CAPÍTULO VII
DEL JURADO
VII.1 De acuerdo a lo establecido en el artículo 27, punto 1.2, de la Ordenanza Nº 20.760, el Jurado estará conformado por:
a) El Director de Educación o quien lo reemplace, que lo presidirá.
b) Un supervisor del Nivel y/o Modalidad o quien lo reemplace.
c) Un representante de la Dirección de Personal.
d) Dos representantes docentes titulares de igual o mayor jerarquía que el cargo para el cual se concursa, designados por la Dirección de Educación.
e) Un representante del Sindicato de Trabajadores Municipales, en calidad de veedor.
f) Un psicólogo observador.
g) Un docente de reconocido prestigio, que se desempeñe o no en el ámbito municipal, en carácter de invitado.
VII.2 Para sesionar, deberá contar con la presencia de tres (3) de sus miembros como mínimo, debiendo pertenecer, uno de ellos, al inciso d). La ausencia del profesional al que alude el inciso f) no invalida la constitución del Jurado.
VII.3 El Jurado dejará constancia de su labor a través de las correspondientes Actas.
VII.4 La evaluación que realizará el Jurado estará dirigida esencialmente a valorar los distintos aspectos que constan como objetivos de las pruebas, a través de instrumentos elaborados para tal fin, en concordancia de los criterios que se desprendan del perfil del cargo a concursar.
VII.5 El Jurado confeccionará los listados mediante los cuales se establecerá el orden de mérito obtenido por los concursantes.
VII.6 Finalizada la actuación del Jurado, se exhibirá, en el sitio web de la Municipalidad www.mardelplata.gov.ar/educación, durante tres (3) días hábiles, el listado de los concursantes aprobados, consignando el orden de mérito obtenido. Dentro de dicho plazo los postulantes podrán realizar los planteos que estimen pertinentes, en el marco de las instancias de oposición del Concurso, mediante nota dirigida al Jurado, la que deberá ingresar por Mesa de Entradas de la Secretaría de Educación Municipal.
VII.7 Los concursantes se tendrán por notificados mediante la publicación del orden de mérito a que alude el ítem anterior.
VII.8 Toda situación no prevista en el presente reglamento será resuelta por el Jurado con fundamento en la legislación aplicable en el ámbito municipal y en las restantes fuentes del derecho.
ANEXO II
PERFIL DEL CARGO DE JEFE DE TALLER DE ESCUELAS DE LA MODALIDAD EDUCACIÓN PERMANENTE DE JÓVENES, ADULTOS, ADULTOS MAYORES Y FORMACIÓN PROFESIONAL
El Jefe de Taller forma parte del Equipo de Conducción y tiene a su cargo la coordinación curricular y demás aspectos de las prácticas educativas y profesionalizantes propias de los entornos formativos en las Escuelas de Formación Profesional.
Se espera que el Jefe de Taller cumpla con las siguientes funciones, entre otras:
• Conocer la estructura y funciones de la Secretaría de Educación Municipal y su inserción en la organización municipal.
• Participar activamente en la elaboración, actualización, implementación, comunicación y evaluación del Proyecto Institucional como integrante del Equipo de Conducción, en consonancia con el Proyecto Educativo Municipal.
• Participar operativamente en proyectos colaborativos en su institución y con otras instituciones, en acuerdo con el Equipo Directivo, Supervisión y autoridades de la Secretaría de Educación Municipal
• Propiciar la mejora de las prácticas que se realizan en los entornos formativos acompañando y asesorando el trabajo docente en relación con los aspectos a su cargo, favoreciendo la formación profesional, la inclusión y la atención a la diversidad para garantizar la permanencia y terminalidad de los/as estudiantes.
• Propiciar relaciones interpersonales que favorezcan la convivencia armónica, la comunicación y la interacción entre los diferentes actores de la comunidad educativa, apelando al consenso como herramienta para la resolución de conflicto, en su institución y en interrelación con otras.
• Demostrar condiciones para el trabajo en equipo, coordinando acciones con sus pares y promoviendo espacios de comunicación con sus superiores y pares docentes.
• Comprometerse con su propia capacitación y actualización en temas y competencias vinculados al desempeño de su cargo.
• Promover y utilizar las TIC para la circulación de información y la comunicación, como estrategia de trabajo en la institución.
• Comunicar en tiempo y forma al Equipo Directivo, las situaciones que se presenten en la institución y las intervenciones realizadas.
• Redactar en forma clara y coherente informes, actas, documentos, etc., que respeten normas de escritura (claridad en las ideas, precisión léxica, ortografía, puntuación y legibilidad).
• Manifestar un sentido ético en consonancia con la función que desempeña.
• Promover actividades orientadas a la optimización, crecimiento y enriquecimiento del Sistema Educativo Municipal.
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