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Ordenanza Nº6058

Ordenanza Nº 6058

Baradero, 20/07/2021

Ordenanza N° 6058 del día 20 de julio de 2021 y promulgada el día 21 de julio de 2021.

   Visto la solicitud efectuada por la Directora de Compras, obrante en actuaciones que corren por expediente N° 4009-20-12207-21, “D” y:

   Considerando los informes de las distintas reparticiones municipales;

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y Reglamento de Contabilidad;

    Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de Ley la siguiente:

ORDENANZA

                             ORDENANZA N° 6058-21

Artículo 1°: Reconózcase la deuda que mantiene el Municipio de Baradero con el Proveedor Fundación Vidas SADIV correspondiente al ejercicio 2020 y autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el pago por la suma de pesos ciento sesenta y dos mil trescientos diecisiete con 05/00 ($ 162.317,05=), Factura B N° 0002-00000480. No abonada en su oportunidad y de acuerdo a la documentación obrante en el expediente N° 4009-20-12207-21 “D”.

Artículo 2°: La deuda reconocida en el artículo precedente deberá ser registrada en la Contabilidad Municipal de acuerdo a lo prescripto en el artículo 54° del Decreto Provincial N° 2980/00 y en el artículo 141° del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 3°: La imputación que le hubiere correspondido al gasto en el año de origen, se detalla a continuación:

Fuente de financ: 110 Tesoro Municipal.

Jurisdicción: Conducción Superior.

Categoría Programática: 19.02.00

Objeto del gasto: 3420

Importe: pesos ciento sesenta y dos mil trescientos diecisiete con 05/00.

Artículo 4°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 20 días del mes de julio de 2021.

FDO: Sr. Rodolfo Lacabanne, PTE. HCD y Sr. Carlos A. Olmos, Secretario de HCD.

BARADERO, 21 de julio de 2021.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese la presente Ordenanza registrada bajo el N° 6058.

FDO: Sr. Esteban D. Sanzio, Intendente Municipal y CDR. Antonio E. Pando, Secretario de Hacienda.